Hacienda explica cómo tributa la prestación por desempleo en la declaración de la Renta

Las prestaciones por desempleo, donde se incluye el paro, están sujetas al impuesto IRPF. En la declaración de la Renta tributan como rendimiento del trabajo.

¿Hay que presentar la declaración de la Renta si se cobra el paro?
El paro en la declaración de la Renta
Esperanza Murcia

Las personas que están cobrando o han recibido la prestación por desempleo, más conocida como paro, se estarán preguntando cómo le va a afectar en la declaración de la Renta. Lo primero que deben de saber es que tanto esta como los subsidios por desempleo no están exentos de pagar impuestos. Esto es, las prestaciones por desempleo tributan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). 

Lo hacen como rendimientos del trabajo, al igual que cuando se recibe un sueldo, y como ocurre con las nóminas, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) retiene un porcentaje del impuesto IRPF en la prestación. Esto es importante, ya que de las retenciones depende en gran medida que se tenga que presentar o no la declaración de la Renta. 

Con carácter general, si las retenciones han sido bajas o directamente no se han aplicado, es más probable que toque presentarla. Aunque todo dependerá del nivel ingresos y si se superan o no los límites establecidos con Hacienda (aquí puedes encontrar una guía para saber cuándo se está obligado a presentar la declaración). Para conocer las retenciones, y así saber cómo van a influir en la declaración, también se puede consultar este artículo sobre cómo obtener el certificado IRPF del SEPE, diseñado con este fin. 

Asimismo, hay que señalar que existe una excepción. La prestación por desempleo en pago único, lo que se conoce como capitalización del paro, sí que está exenta del IRPF, es decir, no tributa siempre que mantenga la actividad durante al menos 5 años. El resto que sí tiene esta obligación, tendrá que ver su nivel de ingresos y la naturaleza de los mismos para saber si tienen que presentar o no la declaración de la Renta. 

Retenciones del IRPF en el paro 

La prestación por desempleo es considerada por la Agencia Tributaria como una renta del trabajo, motivo por el que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) puede retener un porcentaje del IRPF en la misma. Estas retenciones después se ajustarán en la declaración de la Renta, que junto a los ingresos determinará si se tiene que presentar o no. 

En cuanto a las retenciones que aplica el SEPE, no existe un porcentaje fijo y puede variar dependiendo de la normativa fiscal vigente, así como de las circunstancias de la persona que cobra el paro. Dependiendo del importe total que se cobre, el porcentaje de retención será uno u otro, aunque también influye la situación del desempleado, como puede ser que tenga hijos. 

Para saber qué retenciones se tendrían que aplicar en cada caso, y así evitar que la declaración salga a pagar, se puede utilizar el simulador del IRPF de Hacienda. Gracias al mismo, introduciendo los datos que se solicitan, el organismo calcula el porcentaje que se tiene que retener. En caso de que se estuvieran aplicando unas retenciones menores a lo que corresponde, se puede pedir al SEPE que las suba. 

Para ello hay que rellenar el modelo 145 de la Agencia Tributaria solicitando la nueva retención, que se entregará consecuentemente al SEPE. El mismo se tiene que entregar cinco días antes del fin del mes anterior al pago de la nómina, para que se pueda aplicar ya en la del mes siguiente. Este procedimiento se puede aplicar también si se producen cambios en la situación personal que puedan alterar las retenciones. Asimismo, el organismo podría alterarlas nuevamente en caso de que correspondiera subirlas. 

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