Desde el 1 de junio es obligatorio acreditar la BAE para cobrar prestaciones del SEPE

Ahora es obligatoria la Búsqueda Activa de Empleo para quienes cobren la RAI o el SED

BOE, obligatorio para cobrar prestaciones y subsidios por desempleo
Paola Vargas López

Con el estado de alarma ya finalizado, el SEPE también intenta progresivamente ir volviendo a la normalidad y por ello anuncia que desde el pasado día 1 de junio se vuelve a exigir a los desempleados acreditar la BAE mediante el certificado correspondiente.

Este certificado es un documento formulario que facilita el mismo SEPE y que el desempleado debe de rellenar correctamente para así cumplir con esta obligación y seguir cobrando su prestación por desempleo.

Desde aquí es posible descargar este documento oficial, será necesario rellenarlo correctamente y lo tendrá que sellar la correspondiente Oficina de Empleo Autonómica, es decir si estamos por ejemplo en Andalucía, será el SAE, si estamos en Extremadura el SEXPE o en el País Vasco el Lanbide.

¿Qué es la BAE?

La BAE son las siglas de la Búsqueda Activa de Empleo que un desempleado tiene que acreditar ante el SEPE para justificar que está buscando trabajo de forma activa sin éxito por el momento antes de solicitar las prestaciones económicas del SED o de la RAI.

Hasta la fecha del día 1 de junio, este requisito para estos desempleados de larga duración había dejado de ser obligatorio debido a la difícil situación por la que atraviesa nuestro país. Ahora con las medidas más relajadas, el SEPE vuelve a exigirlo como requisito para acceder al cobro de estas ayudas, tal y como acaba de avisar en sus redes sociales.

Aviso SEPE BAE

Tanto el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED) como la Renta Activa de Inserción (RAI) tienen en común que sus beneficiarios deben de demostrar mediante un certificado sellado por el Servicio Autonómico de Empleo al SEPE, que durante el mes anterior a la solicitud han buscado empleo de manera activa.

Para justificar esta Búsqueda Activa de Empleo se deberán cumplir al menos 3 de estas 7 posibles acciones:

  • Realizar al menos una entrevista de trabajo con alguna empresa.
  • Inscribirse en, al menos, una agencia de colocación autorizada.
  • Presentar el currículum al menos a 3 empresas diferentes (bien sea vía mail o presencial).
  • De las ofertas de empleo que tienen los Servicios Públicos de Empleo, habrá que haberse presentado como candidato a una de ellas.
  • Inscribirse en al menos dos portales de empleo públicos o privados como solicitante de empleo.
  • Trabajo por cuenta propia o ajena.
  • Los Servicios Públicos de Empleo imparten acciones formativas mediante cursos dirigidos a formar a los desempleados, autoempleo e incluso emprendimiento, por lo que se recomienda asistir a ellas.

Recordar que, para poder acreditar la presentación de currículum a las empresas, estas deben de entregar al desempleado algún sello o certificado que lo acredite. 

Actualmente algunos portales de empleo han puesto en marcha un sistema automático de certificados, así que cuando el interesado presente su currículum a al menos tres ofertas de trabajo, se generará dicho documento automáticamente.

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