Pensión mínima de jubilación en 2022: ¿Cuántos años hay que cotizar?

La Seguridad Social establece la edad de 15 años para cobrar la pensión mínima de jubilación, que para 2022 se situa en los 721 euros al mes.

Pensión mínima de jubilación en 2022: ¿Cuántos años hay que cotizar?
Paola Vargas López

Para poder jubilarte debes tener cumplidos los 65 años y 10 meses en España, aunque esta edad irá subiendo su media según establece la Ley General de la Seguridad Social. En el caso tener 37 años cotizados antes de alcanzar esta edad legal, podrías jubilarte antes. Pero tener esta edad, no es suficiente. Para poder cobrar la pensión mínima de jubilación deberás haber cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social, además de cumplir ciertos requisitos.

Requisitos para cobrar la prestación por jubilación mínima

Tener derecho a cobrar la pensión mínima de jubilación exige los siguientes requisitos:

  • Estar afiliado a la Seguridad Social
  • Tener 15 años cotizados
  • Al menos dos de estos años deben pertenecer los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación.

Qué cuantía establece la pensión mínima de jubilación

La cantidad asignada a la pensión mínima de jubilación es de 683,50 euros en la situación general establecida por la Tesorería. Si la persona beneficiaria vive sola y/o si tiene un cónyuge pero éste no está no a su cargo, será de 648,70 euros. Si el/la solicitante tiene un cónyuge a su cargo, la prestación será de 843,32 euros.

Cobrar la pensión mínima de jubilación sin haber cotizado 15 años

Existen alunas formas para cobrar esta prestación por jubilación sin haber cotizado este tiempo legalmente establecido, aunque la cuantía que percibirás en este caso será menor: de 400 euros al mes.

Por lo tanto, si has cumplido 65 años y 10 meses, y no has cotizado los 15 años exigidos por la ley, existe una solución para ti. Se trata de las prestaciones no contributivas que ofrece la Seguridad Social. Este tipo de ayudas a la jubilación aseguran una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica de manera gratuita y servicios sociales complementarios a todos aquellos que no hayan cotizado durante el tiempo reglamentario para su pensión por jubilación mínima.  

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