Anunciada la primera comunidad donde se podrá pedir el bono joven para el alquiler

Cataluña será, previsiblemente, la primera comunidad donde se pueda solicitar el bono joven para el alquiler. Abrirán la convocatoria de esta ayuda el próximo 8 de junio.

Cataluña, primera comunidad donde se podrá pedir el bono joven del alquiler
Esperanza Murcia

El bono joven para el alquiler comienza a ser una realidad. A la espera de que las comunidades autónomas abran convocatoria, después de que el pasado 28 de abril el Gobierno anunciara las resoluciones para transferir los fondos de la ayuda, solo una de ellas ha anunciado fecha para solicitarlo: Cataluña. Se presume, así, que sea la primera comunidad donde se pueda pedir el bono joven del alquiler

La Secretaría de Vivienda de la Generalitat, como han podido saber desde RAC1, tiene previsto que el próximo miércoles, 8 de junio, se abra la convocatoria para conseguir esta ayuda al alquiler de 250 euros al mes. Los beneficiarios que cumplan los requisitos, recordando que se trata de una medida para facilitar el acceso a la vivienda a los más jóvenes, podrán solicitarla tanto por internet como en las oficinas locales de vivienda o juventud. 

Su solicitud es un aspecto importante. Ante una demanda de solicitantes que se prevé alta, teniendo en cuenta la situación económica, más en el sector inmueble, el bono se concederá por orden de solicitud. Siempre que se cumplan los requisitos, las ayudas se irán concediendo en base a este parámetro, hasta que se agote el presupuesto. 

En las cuantías, además, habrá que tener en cuenta que sus beneficiarios cobrarán la prestación con carácter retroactivo, es decir, se les pagará todo lo atrasado desde enero. ¿Cuándo? Tomando el caso de Cataluña, la Generalitat estima que no comenzará a pagar las ayudas hasta después del verano. Un retraso que justifican por el tiempo que supone gestionar y resolver las peticiones. 

Comunidades a la espera de convocatoria 

Se espera que en los próximos días más comunidades autónomas se sumen a convocar, por fin, el bono joven para el alquiler. Asturias, Galicia, Ceuta, Canarias, Cantabria, Melilla, Cataluña, La Rioja, Madrid, Baleares y la Comunidad Valenciana, además de Ceuta y Melilla, ya han completado sus gestiones para acceder al dinero del Tesoro Público, con el que se llevará a cabo este proyecto.  

Hablando de fechas, la Comunidad de Madrid quiere poner en marcha las solicitudes en julio. Fuentes de la consejería de Vivienda, en declaraciones para Economía Digital, han anunciado que ya se ha redactado el texto que dará forma a su solicitud, pero que todavía está pendiente de aprobación por los órganos de gestión superiores. 

Reparto económico del bono joven para el alquiler 

De cumplirse los pronósticos, se ha previsto que el bono joven para el alquiler pueda beneficiar, en primer momento, a 70.000 jóvenes. Una ayuda que, económicamente, no se ha repartido por igual en toda España. Los 400 millones de euros que conforman su presupuesto total, como presentó el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), se reparten de la siguiente forma: 

  • Andalucía: 34.200.000 euros. 
  • Aragón: 7.600.000 euros.
  • Asturias: 6.600.000 euros.
  • Baleares: 4.800.000 euros. 
  • Canarias: 10.600.000 euros. 
  • Cantabria: 3.800.000 euros. 
  • Castilla y León: 10.800.000 euros. 
  • Castilla La Mancha: 8.000.000 euros. 
  • Cataluña: 29.000.000 euros. 
  • Extremadura: 6.000.000 euros. 
  • Galicia: 11.400.000 euros. 
  • La Rioja: 3.400.000 euros. 
  • Madrid: 31.800.000 euros. 
  • Murcia: 8.800.000 euros. 
  • Valencia: 22.800.000 euros. 
  • Ceuta: 200.000 euros. 
  • Melilla: 200.000 euros. 

Requisitos del bono joven para el alquiler

Lo que sí será común en todas las comunidades son los requisitos para solicitar el bono joven del alquiler. Podrán pedir esta ayuda de 250 euros al mes todos los jóvenes que, comprendidos entre los 18 y 35 años, tengan rentas inferiores a los 24.318,84 euros anuales, equivalente a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Además, se tendrá que tener residencia legal en España y la vivienda alquilada deberá ser la residencia habitual. 

Asimismo, se tiene que disponer de una fuente regular de ingresos que aporte rentas anuales. Se incluyen los trabajadores por cuenta propia o ajena; personal investigador en formación; y personas perceptoras de una prestación social pública periódica. También hay que acreditar una vida laboral de al menos tres meses de antigüedad en los 6 meses inmediatamente anteriores al momento en que se solicita la ayuda. Otra opción es acreditar una duración prevista de la fuente de ingresos durante un mínimo de 6 meses desde su solicitud. 

Por último, no se pueden superar los topes máximos de ingresos por el alquiler de la vivienda: la cuantía máxima para el alquiler será de 600 euros, aunque se puede subir hasta los 900 euros en zonas donde los alquileres sean más altos si así lo aprobasen dichas comunidades autónomas (lo que se ha llamado, “zonas tensionadas”, como ocurre en Barcelona). En cuanto al alquiler de habitaciones, la renta no podrá superar los 300 euros, ampliables nuevamente hasta los 450 euros en el supuesto citado anteriormente.

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