Ingreso Mínimo Vital: Una ayuda entre 462 y 1.015 euros por familia

El Ingreso Mínimo Vital que se anunció para ayudar a las familias afectadas por el coronavirus llegará este mes de junio con pagos de entre 462 y 1.015 euros por familia.

Ingreso Mínimo Vital: Una ayuda entre 462 y 1.015 euros por familia Seguridad Social
Francisco Miralles

El Gobierno de España ha implementado una nueva prestación de la Seguridad Social llamada Ingreso Mínimo Vital (IMV) con el objetivo de combatir la pobreza en el país. Esta medida beneficiará a aproximadamente 850,000 familias en todo el territorio español y tendrá un coste anual estimado de alrededor de 3,000 millones de euros una vez que esté plenamente en funcionamiento.

El IMV se otorgará a familias que cumplan con ciertos requisitos de ingresos y patrimonio. Cada tipo de hogar tendrá un umbral de ingresos establecido, que variará según el número de miembros y con un complemento adicional para los hogares monoparentales. La nueva prestación cubrirá la diferencia entre los ingresos actuales de la unidad familiar y el umbral establecido para ese tipo de hogar.

Además de evaluar los ingresos, el IMV también llevará a cabo un “test de riqueza”, un proceso poco común en España pero común en otros países. Este test verificará que el patrimonio de los beneficiarios, excluyendo la vivienda habitual, no supere ciertos límites. El patrimonio máximo permitido será de 16,614 euros al año, aumentando proporcionalmente según el tamaño del hogar y llegando hasta 43,196 euros en hogares más grandes.

Cuantías

Las cuantías del IMV variarán según la composición de la familia. El mínimo será de 462 euros al mes para un adulto que viva solo, y se añadirán 139 euros por cada miembro adicional, con un máximo de 1,015 euros al mes. Los hogares monoparentales recibirán un complemento adicional de 100 euros al mes.

¿Con qué es compatible?

El IMV será compatible con otras ayudas sociales que pueda recibir la familia, como becas de estudio o ayudas alimenticias. También será compatible con las rentas mínimas establecidas por las Comunidades Autónomas, lo que permitirá fijar un suelo común para los hogares que cumplan con los requisitos, y las Comunidades Autónomas podrán complementar estos ingresos según lo consideren necesario.

Además de los requisitos de ingresos y patrimonio, los beneficiarios del IMV deberán participar en estrategias para mejorar su inclusión en la sociedad y en la economía. Estas medidas estarán vinculadas a la participación en el mercado laboral y al acceso a la formación, adaptándose a las necesidades de cada beneficiario. También se requerirá que el solicitante haya residido legalmente en España durante al menos un año, excluyendo a los migrantes en situación irregular. La edad mínima para solicitarla será de 23 años, salvo en casos de mujeres víctimas de violencia de género y víctimas de trata de seres humanos, que deberán ser mayores de edad. La edad límite para recibir el IMV será de 65 años.

El IMV permitirá a los beneficiarios mantener sus ingresos salariales durante un tiempo determinado sin que se vean penalizados en términos de la prestación. Si los ingresos salariales superan el umbral, la prestación no se verá afectada durante un período de tiempo.

¿Dónde se solicita?

La solicitud del IMV se podrá realizar a través de la Seguridad Social, los ayuntamientos mediante convenio y entidades del tercer sector. También se habilitará un número de teléfono para solicitar la ayuda. El Gobierno ha anunciado que abonará automáticamente esta prestación en junio a unas 100,000 familias que cumplen con los requisitos de extrema vulnerabilidad y que ya reciben una prestación por hijo a cargo.

La documentación necesaria para solicitar el IMV será mínima, requiriendo solo la acreditación de la edad y la residencia en España durante al menos un año. La Seguridad Social y la Agencia Tributaria verificarán si el solicitante cumple con los demás requisitos de ingresos y patrimonio.

¿Cuándo se podrá solicitar?

El IMV estará disponible para su solicitud a partir del 15 de junio, y las solicitudes registradas entre esa fecha y el 15 de septiembre recibirán la prestación con carácter retroactivo desde el 1 de junio. Esto significa que los primeros beneficiarios comenzarán a recibir la prestación a finales de junio o principios de julio, y se espera que más hogares la reciban en agosto.

La duración de la prestación será continua, siempre que se acredite la situación de vulnerabilidad, y se realizarán comprobaciones periódicas para asegurarse de que los beneficiarios sigan cumpliendo con los requisitos. Los beneficiarios también deberán informar de cualquier cambio que afecte a su prestación dentro de los 30 días posteriores a dicho cambio.

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