Perder una vivienda por no poder seguir pagando la hipoteca no convierte automáticamente a quien sigue viviendo en ella antes del desalojo en un ‘okupa’. Esta diferencia la ha dejado clara un juez de Roquetas de Mar, en Almería, a raíz del caso de una mujer de 88 años que perdió su casa después de llevar 25 años pagando la hipoteca y que terminó además sin luz ni agua después de que el nuevo propietario, que la compró en una subasta, solicitara cortar ambos suministros.
Según recogen desde el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), a la anciana le habían embargado la casa porque, tras una mala situación económica, no pudo seguir haciendo frente a las cuotas de la hipoteca. Una vez embargada, salió a subasta, donde fue adquirida por el nuevo propietario.
Aunque ya había perdido la titularidad de la casa, la mujer todavía no la había abandonado porque estaba pendiente de que el juzgado ejecutara el lanzamiento y continuaba viviendo allí mientras llegaba ese momento. Además, seguía pagando con normalidad los recibos de electricidad y agua y pretendía continuar haciéndolo hasta que tuviera que abandonar definitivamente la vivienda.
El nuevo propietario pidió cortar los suministros antes de que se produjera el lanzamiento
El nuevo dueño solicitó a las compañías la interrupción del suministro de la luz y el agua de la vivienda y el corte se produjo en el mes de agosto, con temperaturas especialmente altas. La mujer, que vivía sola, terminó teniendo que marcharse temporalmente a casa de una de sus hijas.
A raíz de lo ocurrido, se abrieron diligencias contra el propietario por un posible delito de coacciones. En el marco de ese procedimiento, el juez de la Sección Civil y de Instrucción número 5 del Tribunal de Instancia de Roquetas de Mar ordenó como medida cautelar que se restablecieran los suministros de electricidad y agua.
En este sentido, aunque el juez no cuestiona que la mujer tenga que abandonar la casa, deja claro que lo que no puede hacerse es intentar adelantar esa salida mediante medidas tomadas por cuenta propia.
No todo el que permanece en una vivienda contra la voluntad del dueño es un ‘okupa’
El caso ha llevado al juez a advertir de la interpretación que algunos propietarios están haciendo de una reciente sentencia del Tribunal Supremo, dictada el pasado 24 de junio.
Esta resolución ha abierto la puerta a que, en determinadas situaciones de ocupación ilegal, el corte de suministros no sea considerado automáticamente un delito de coacciones. Sin embargo, el Supremo también deja claro que no todas las personas que permanecen en una vivienda sin el consentimiento actual del propietario están en la misma situación.
“No es lo mismo quien accede a una vivienda ajena, cambiando a la fuerza su cerradura y sin ninguna relación con ella, que el inquilino que deja de pagar la renta y se ve sometido a un proceso de desahucio”, explica el juez en su auto recogido por el CGPJ.
Y tampoco, añade, puede equipararse esa situación a la de una persona que era propietaria de su vivienda, la ha perdido por no poder pagar la hipoteca y se encuentra esperando a que un juzgado ordene su lanzamiento.