Acaba el plazo para obtener el certificado de aptitud de Profesor de Formación Vial: cómo inscribirse

La DGT informan de que hoy finaliza el plazo para conseguir el certificado de aptitud de Profesor de Formación Vial.

Cómo conseguir el certificado de aptitud de Profesor de Formación Vial.
Trinidad Rodríguez

El Ministerio del Interior informa de que quedan pocas horas para que acabe el plazo de solicitud para obtener el certificado de aptitud de Profesor de Formación Vial. Recordemos que esta convocatoria fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 28 de diciembre y se cerrará hoy a las 00:00 horas

Por lo que en caso de estar interesado/a, rápidamente habrá que acceder el anexo de solicitud de participación mediante el modelo 791, cumplimentarlo a máquina o con letras mayúsculas tipo imprenta y registrarlo electrónicamente a través de la página web de la Dirección General de Tráfico (DGT)

En cualquier caso, a continuación se explicará cómo llevar a cabo este trámite y cuáles son los requisitos para poder inscribirse. Asimismo, habrá que hacer el abono mediante pago electrónico o pago presencial en la Jefatura Provincial u Oficina de Tráfico o entidad financiera con el “ejemplar para la Administración” para que el gestor de tráfico aplique la tasa correspondiente, que se habrá que adjuntar al Anexo I. 

Cuáles son los requisitos para conseguir el certificado de aptitud de Profesor de Formación Vial

Para saber si se puede presentar, lo primero que habrá que hacer es comprobar si se cumplen con los requisitos generales de conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Reglamento regulador de las Escuelas Particulares de Conductores. Por lo que para tomar parte en el curso será necesario:

  • Estar en posesión del título de Educación Secundaria Obligatoria o de Técnico (Formación Profesional de Grado Medio) o acreditar documentalmente que se poseen estudios equivalentes o superiores. 
  • Ser titular del permiso de conducción de la clase B, al menos, en vigor, que habilita para conducir vehículos con cambio de marchas manual, con una antigüedad mínima de dos años. 
  • Poseer las condiciones psicofísicas y psicotécnicas que actualmente se exigen al grupo 2 de conductores, según lo dispuesto en el artículo 45 del Reglamento General de Conductores. Por excepción, quienes, sin poseerlas, estén en posesión de un permiso de clase B o un permiso extraordinario de la clase B, sujeto a condiciones restrictivas con, al menos, una antigüedad mínima de dos años, obtenido al amparo de lo dispuesto en el artículo 7.2 del Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, podrán obtener un Certificado de Aptitud de Profesor de Formación Vial limitado a enseñanzas de carácter teórico.

En cualquier caso, dichos requerimientos deberán cumplirse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias y continuar vigentes durante todo el proceso formativo. 

Cómo presentar la solicitud para presentar la candidatura a Profesor de Formación Vial

Para cumplimentar la solicitud, las personas postulantes deben tener en cuenta las siguientes instrucciones:

  • Los datos deberán escribirse en mayúscula de manera clara y perfectamente legible.
  • Será necesario rellenar todos los datos. 
  • Es imprescindible que la solicitud esté firmada por la persona aspirante. También es imprescindible que la persona aspirante firme la declaración responsable, incluida en la solicitud, de que cumple los requisitos para tomar parte en el curso, señalados en la base 1. 2.2 
  • A la solicitud se acompañará el justificante del pago de la tasa correspondiente tras haber abonado de la forma que se indica en este apartado la tasa 5.1 "Derechos de examen de Profesores de formación vial y Directores de escuelas de conductores".
  • Para el pago de la tasa indicada, se deberán de seguir las siguientes instrucciones: 1.º Cumplimentar el modelo 791 para el pago correspondiente de la tasa 5.1. Dicho modelo se encuentra disponible en la sede electrónica de la Dirección General de Tráfico, a través del servicio de «Pago de tasas». 
  • Pago de la tasa, recogida en el modelo 791. Dicho pago se puede realizar por varias vías: pago electrónico o pago presencial. 
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