¿Qué pasa con las prejubilaciones si estoy en ERTE?

prejubilaciones y ERTE
Prejubilaciones y ERTE
Berta F. Quintanilla

La llegada de la crisis sanitaria ha puesto en jaque muchos de los aspectos del sistema de ayudas y prestaciones gestionadas por el SEPE en nuestro país. La falta de trabajo, los ERTE y las dudas acerca del modo de sellar el paro, por ejemplo, hace que los distintos sectores de población se pregunten por la marcha de las ayudas o del sueldo que estaban cobrando.

Una parte de ellos lo conforman el de los que ven ya cerca el momento de la jubilación, donde pasarían a cobrar la pensión contributiva. Pero ¿qué pasa en el caso de que uno de estos trabajadores haya sido parte de un ERTE por parte de su empresa?  

La normativa especial de acceso a la prestación por desempleo, pasa por qué el trabajador no haya cumplido la edad de inicio para cobrar la jubilación. En el caso de que su jornada laboral haya desaparecido por formar parte de un ERTE, y que el trabajador en ese momento cuente o vaya a contar con la edad específica para cobrar la jubilación, lo que percibiría es la prestación por desempleo, durante el tiempo en que su empresa tenga en vigor este Expediente Temporal de Regulación de Empleo.

La prejubilación es un acuerdo entre el trabajador y la empresa, en el que ambos llegan al consenso de que se termina la relación laboral, pero deben existir garantías económicas que aunque en muchos casos no sean las mismas con las que contaba el trabajador en activo, sí es posible que se asemejen.

Tal y como señala 65ymas en caso de que el trabajador próximo a la jubilación sufra un ERTE en estos momentos, “mientras que está percibiendo la prestación por desempleo, está cotizando para la jubilación, el SEPE es el encargado de ingresar las cotizaciones debidas a este punto”.

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