¿Cómo deben hacer la declaración de la renta los autónomos que han cobrado la prestación por cese?

El autónomo tiene que presentar esta ayuda económica recibida ya que se considera un rendimiento del trabajo.

¿Cómo deben hacer la declaración de la renta los autónomos que han cobrado la prestación por cese?
¿Cómo deben hacer la declaración de la renta los autónomos que han cobrado la prestación por cese? Envato
Diego Fernández

En poco menos de dos meses arranca la nueva campaña de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), más conocida como la Declaración de la Renta. Este proceso obliga a realizar a casi todas las personas la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) siempre y cuando superen un límite de ingresos anuales durante el pasado año 2021, algo que afecta, sobre todo, a los trabajadores autónomos.

Pero no solo a los profesionales del Régimen Especial para los Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social que han tenido ingresos debido a su actividad económica. Sino que, además, también tienen que hacerlo aquellos trabajadores por cuenta propia que han sido beneficiarios de una prestación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) debido al cese de actividad provocado por la situación de la pandemia del Covid-19 en España.

Por ese mismo motivo, a continuación se va a indicar cómo se debe presentar estas ayudas económicas que el autónomo ha recibido después de que se vaya visto obligado a cerrar por los motivos derivados de la pandemia. Como puede ser debido a las restricciones sanitarias que han afectado, sobre todo, a la hostelería y al ocio nocturno durante todo el pasado año 2021 y que le han hecho perder gran parte de lo que habrían ingresado si hubieran realizado la actividad.

¿Cuándo se presenta la Declaración de la Renta?

Antes siquiera de saber cómo se debe declarar estas ayudas dentro de la presentación del documento de la Renta obtenida en el pasado año 2021 es necesario saber cuáles son las fechas exactas en las que el trabajador autónomo debe realizar este trámite con Hacienda. Hay que recordar que para poder llevarlo a cabo solo se puede realizar de manera on-line, es decir, que la única forma de presentar el modelo 130 del IRPF es a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Tanto es así que, este proceso comienza en poco menos de dos meses, más concretamente, el próximo 6 de abril. Momento en el que habrá que comenzar a realizar estas declaraciones y que se extenderá hasta el próximo 30 de junio, siendo este el último día para llevar a cabo este trámite con Hacienda por parte de los profesionales autónomos que ingresen más de 22.000 euros anuales si solo tienen un pagador o más de 14.000 euros si tiene dos o más pagadores.

Aunque todo ello se puede saber de una forma más clara y concisa visitando la propia guía del modelo 130 de la Declaración de la Renta ante Hacienda. En el que aparecerán explicados los pasos, uno a uno, que se deben seguir para presentarla de forma correcta por parte del autónomo y que no haya lugar a error, evitando así posibles sanciones económicas.

Así se presenta la ayuda recibida en la Declaración de la Renta

Ahora sí, es momento de saber cómo se debe presentar la ayuda económica que el profesional por cuenta propia recibe del Servicio Público de Empleo Estatal. Ya que, pese a que no es un ingreso generado por la realización de la actividad económica, sí que se trata de un dinero que el autónomo ha recibido por su negocio, por lo que es necesario declararlo a Hacienda.

Pero, ¿cómo se debe presentar? La fórmula es sencilla, cuando se esté realizando la Declaración de la Renta, hay que detenerse dentro del apartado que se encuentra bajo el título ‘Rendimientos del trabajo’. En ese punto será necesario especificar todos los ingresos que hayan tenido durante el pasado 2021, diferenciándolos en cada uno de los puntos que se amplíen. Uno de estos apartados tiene que ser el destinado a establecer los ingresos correspondientes a la ayuda económica recibida por el cese de actividad, donde se indicará la cantidad recibida y el organismo pagador, en este caso, el SEPE.

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