Los parados que agoten el subsidio por desempleo podrán solicitar el ingreso mínimo vital a partir de 2022

La nueva Ley del Ingreso Mínimo Vital incluye novedades importantes para los parados que podrán solicitar el IMV al SEPE si agotan la prestación por desempleo a partir de 2022.

Las modificaciones del IMV prevé llegar a los 1,6 millones de beneficiarios en 2022
Trinidad Rodríguez

Hace poco menos de una semana, concretamente el pasado 22 de diciembre de 2021, el Congreso de los Diputados aprobó la nueva Ley del Ingreso Mínimo Vital (IMV) recogida en el Real Decreto Ley 19/2021 que introduce una serie cambios importantes en cuanto a la prestación económica de cara al próximo año de 2022, que recordemos que sacó adelante el Gobierno de España presidido por Pedro Sánchez en junio de 2020. 

Este es el caso de por ejemplo el aumento de la cuantía en un 3% más a partir de enero o el nuevo complemento de hasta 100 euros más por hijo a cargo. Se reduce también el periodo mínimo exigido en el IMV para los jóvenes con respecto a su independencia del hogar familiar, que pasa de tres a dos años. A este respecto, se tendrá en cuenta la renta en curso y no la del año anterior. 

Pero ahora, y como novedad más reseñable, se suma información relevante para aquellos candidatos en situación de vulnerabilidad económica que hayan agotado todas las ayudas. El nuevo texto de la norma recoge que una vez agotado el subsidio por desempleo ofrecido por el SEPE en el caso de aquellas personas que lo hayan cobrado hasta ese momento, y siempre que justifiquen que no tienen otra fuente de ingresos, podrán solicitar el Ingreso Mínimo Vital. Y es aquí dónde viene lo más relevante. En este caso en concreto, el IMV se solicitará desde el Servicio Público de Empleo y no a través de la Seguridad Social.

Requisitos a tener en cuenta para acceder al Ingreso Mínimo Vital en 2022

El objetivo del Ejecutivo es que el IMV llegue a más familias, aligerando notablemente los requisitos. Hay que recordar que el porcentaje de beneficiarios a las que se le ha aprobado a esta prestación económica ha sido mínimo durante el último año. El Gobierno solo ha gastado 1.730 millones de euros en el IMV de los 3.000 presupuestados para 2021. Esto quiere decir que la prestación ha llegado a 339.019 familias y la ayuda media ha sido de 425,77 euros al mes por hogar. 

Para ponerle solución el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, presidido por José Luis Escrivá, apuesta por esta nueva vía para que aquellos que no tengan derecho a seguir cobrando esta prestación del SEPE "no se vean desprotegidos" y "en riesgo de pobreza extrema". Para ello se tendrá en cuenta varios requerimientos:

  • Capacidad económica de la persona solicitante beneficiaria individual o en su caso la unidad de convivencia en su conjunto, computándose los recursos de todos sus miembros.

  • Cuando el promedio mensual del conjunto de ingresos y rentas anuales computables de la persona beneficiaria o unidad de convivencia, correspondiente al ejercicio anterior, sea inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual de la renta garantizada con esta prestación que corresponde en función de la modalidad y del número de miembros de la unidad de convivencia. 

Las cuantías del IMV a partir de 2022

La renta garantizada que fija el IMV quedará para 2022 con las siguientes cuantías. Sin embargo, hay que tener en cuenta que este subsidio podrá verse aumentado entre 50 y 100 euros al mes para las familias que se beneficien de este nuevo complemento.

  • Un adulto solo: renta garantizada de 5.899,60 euros anuales
  • Un adulto y un menor: renta garantizada de 8.967,39 euros anuales
  • Un adulto y dos menores: renta garantizada de 10.737,27 euros anuales
  • Un adulto y tres o más menores: renta garantizada de 12.507,15 euros anuales
  • Dos adultos: renta garantizada de 7.669,48 euros anuales
  • Dos adultos y un menor: renta garantizada de 9.439,36 euros anuales
  • Dos adultos y dos menores: renta garantizada de 11.209,24 euros anuales
  • Dos adultos y tres o más menores: renta garantizada de 12.979,12 euros anuales
  • Tres adultos: renta garantizada de 9.439,36 euros anuales
  • Tres adultos y un menor: renta garantizada de 11.209,24 euros anuales
  • Tres adultos y dos o más niños: renta garantizada de 12.979,12 euros anuales
  • Cuatro adultos: renta garantizada de 11.209,24 euros anuales
  • Cuatro adultos y un niño: renta garantizada de 12.979,12 euros anuales
  • Otros: renta garantizada de 12.979,12 euros anuales

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