Estas son todas las ayudas a pymes y autónomos aprobadas hasta el momento

El gobierno de España lanza una serie de ayudas para todos los trabajadores por cuenta propia y PYMES afectados por la crisis del Covid-19.

Paola Vargas López

En este artículo te vamos a resumir todas las ayudas aprobadas hasta el día de hoy para los autónomos y pymes afectados por el COVID-19.

Y es que la crisis sanitaria por la que estamos atravesando afecta a todos los sectores y tipo de trabajadores, dejando consecuencias muy negativas en nuestra economía. Los datos de desempleo en nuestro país son abrumadores, ya que, entre cierre de actividades no esenciales, ERTEs, cese de actividad, etc, son ya más de 800.000 empleos destruidos.

En las últimas semanas se ha creado mucho debate en cuanto a todas las ayudas que se van aprobando para asalariados, y es que el acceso a éstas para autónomos y pymes se hace mucho más complicado, y estos colectivos se sienten desprotegidos.

Por ello a continuación te vamos a detallar todas y cada una de las ayudas aprobadas hasta el momento en esta crisis del coronavirus a las que como autónomo o pyme puedes acceder. No descartamos que en los próximos días haya alguna ampliación en estas ayudas, tras las insistentes peticiones de las principales asociaciones al gobierno.

Ayudas para pymes y autónomos

  • Por cese de actividad: Aquellos profesionales autónomos que hayan visto reducidos sus ingresos reducidos en un 75% en esta crisis del coronavirus, podrán acceder a lo que se conoce comúnmente como “paro de los autónomos”. En cuanto a la cuantía a recibir ésta se calculará tomando como base la media mensual de cotización de los últimos 6 meses y puesto que el 80% de los autónomos hoy en día cotiza por la mínima, pues la cuantía media que recibirá el autónomo será de aproximadamente unos 660 euros al mes.

Importante señalar que para que el autónomo pueda acceder a esta ayuda, será necesario que el mismo se encuentre al día en los pagos a la Seguridad Social y haber estado dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en el momento en que se decretó el estado de alarma el pasado día 14 de marzo.

  • Aplazamientos aprobados: Podrán aplazarse las deudas que ya se tuvieran con la Seguridad Social. Los ingresos que los trabajadores por cuenta propia tuvieran que realizar entre abril y junio de 2020, podrán aplazarse, eso sí, aplicando un interés del 0.5%.

Por otra parte, también se ha aprobado una moratoria de 6 meses para el pago de las obligaciones con la Seguridad Social de mayo, junio y julio tanto de autónomos como de empresarios sin recargos, ni intereses.

  • Financiación:  Se cuenta con un presupuesto de 10.000 millones de euros para una línea de financiación que el gobierno ha anunciado con una serie de avales que cubrirá el 80% de los riesgos que se asocien a los préstamos que las entidades bancarias concedan a los autónomos y pequeñas y medianas empresas. Para ello, deberán acudir a los bancos a solicitar dicha información.
  • Hipotecas: Suspendidos los pagos de las hipotecas durante 3 meses para los autónomos afectados. Para ello, será necesario presentar una declaración responsable que acredite la vulnerabilidad y podrán suspender sus cuotas durante 3 meses.
  • Planes de pensiones:  Podrán acceder al rescate de sus planes de pensiones aquellos autónomos o empresarios que se hayan visto obligados a cerrar sus negocios como consecuencia de esta crisis.
  • Bonificaciones en contratos anteriores: Especialmente en sectores como la hostelería o el comercio que hayan realizado contratos fijos discontinuos con anterioridad a la crisis del coronavirus. Dichos contratos venían acompañados de ciertas bonificaciones, pues bien, la Seguridad Social ha anunciado que mantiene estas ayudas para todos los contratos que se firmaran hasta el mes de junio.
  • Bono Social Eléctrico: Se podrán suspender las facturas de gas y luz durante 6 meses de tiempo aquellos autónomos que hayan tenido que cesar su actividad o que hayan reducido sus ingresos como mínimo en un 75%.
  • Autónomos contagiados por el coronavirus: estos trabajadores por cuenta propia que caigan enfermos por el COVID-19, se les considerará accidente laboral. Esto quiere decir, que podrán cobrar una prestación por baja laboral. Si el autónomo cotiza por la base mínima, la cuantía a percibir será de 23.61 euros diarios mientras dure la baja. Señalar que si la baja fuera por enfermedad común este autónomo recibiría la prestación a partir del cuarto día y la cuantía es del 60% de la base reguladora.
  • Por otra parte, Hacienda aplaza el reembolso de los préstamos que las comunidades autónomas o las locales hayan hecho a autónomos y pymes afectados por el COVID-19. Si han cesado actividad o reducido sus ventas, se podrá solicitar el aplazamiento de los pagos y sus intereses y poderlo abonar a lo largo del presente ejercicio.
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