El Tribunal Supremo establece que las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF

El Tribunal Supremo ha establecido como doctrina legal que "las prestaciones por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas".

El Tribunal Supremo establece que las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF Envato
Francisco Miralles

El Tribunal Supremo ha declarado que las prestaciones por maternidad están exentas del pago de IRPF. Esta prestación es una baja que se le concede a la madre durante 16 semanas y que conlleva percibir el 100% de las retribuciones salariales. Esta sentencia ya ha sido ratificada por el Tribunal Supremo y hacienda tendrá que devolver todo el dinero.

¿Quién puede reclamar?

Podrán solicitar la devolución de esta prestación aquellos que la percibieron desde 2014 en adelante. Anteriores prestaciones no se podrán reclamar debido que lo tanto derechos como obligaciones de los tripulantes prescriben a los cuatro años.

Pueden solicitar tanto madres como padres, siempre y cuando hayan disfrutado de la baja por maternidad.

Si disfrutaste de la baja por maternidad siendo autónoma, también podrás solicitar la devolución, pero deberás de estar al corrientes tanto en el abono de las cuotas “sello de autónomo” y estar dada de alta en el sistema RETA.

¿Cómo reclamar la baja por maternidad?

Si disfrutaste de la baja por maternidad en los años 2016 y 2017, deberás de solicitar una rectificación de la autoliquidación, y pedir la devolución de los ingresos indebidos y de los intereses de demora. La misma agencia tributaria nos proporciona un modelo para poder solicitar esta devolución.

Si fuere en años anteriores 2014, 2015 deberá de hacerse por escrito a la Agencia Tributaria con el título en el escrito "Solicitud de rectificación de autoliquidación y de devolución de la prestación de maternidad” ¿No sabes cómo hacer este escrito? No te preocupes, desde la Organización de Consumidores y Usuarios a través de su portal web ofrecen una plantilla modelo para poder solicitar esta devolución.

¿Cómo afecta esto a las mujeres?

No se puede conocer con exactitud cuando devolver a cada persona que haya cobrados la baja por maternidad, debido a que cada persona se le habla una retribución diferente en concepto de sus ingresos, por lo que deberos de sentando y hacer las cuentas de cuanto nos retuvo hacienda por cada prestación por maternidad.

Si podemos tomar el caso de una contribuyente, la cual interpuso denuncia en la cual reclamaba la cantidad de 3.135 euros en concepto retenciones del IRPF aplicada a la cantidad que cobro, que fueron 11.679 euros.

¿Debo de solicitar la devolución de las retenciones por mi baja de maternidad?

La respuesta es que sí, si la cobraste entre 2014 y 2018, deberías de solicitar la devolución y que la Agencia Tributaria determine si corresponde dicha devolución o no. Si lo crees conveniente, puede consultarlo con un abogado especialista, seguro que te podrán asesorar mejor y te indicarán cómo debes de proceder. El Supremo declara que la prestación por maternidad está exentan de tributar IRPF.

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