Hacienda aclara que si una vivienda tiene varios titulares se puede dividir la liquidación del IBI según su porcentaje de propiedad

Los copropietarios pueden pedir al Ayuntamiento que reparta el impuesto entre ellos en función de la parte del inmueble que pertenece a cada uno.

El ministro de Hacienda, Arcadi España |Europa Press
Fecha de actualización:

Cuando una vivienda pertenece a varias personas, el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) puede estar únicamente a nombre de uno de los propietarios, pero, según aclara Hacienda, todos están obligados a pagar el impuesto aunque no aparezcan en la liquidación. En estos casos en los que hay varios propietarios, ¿es posible pedir al Ayuntamiento que reparta el impuesto entre todos los titulares según el porcentaje de propiedad que tenga cada uno?

La Dirección General de Tributos (DGT), dependiente del Ministerio de Hacienda, aclaró esta cuestión en la consulta vinculante V1123-25, de 26 de junio de 2025 (que se puede consultar en este enlace). En ella, un contribuyente preguntó si él podía hacerse cargo del pago del IBI de una vivienda que tenía en propiedad con varias personas, pero en la que los recibos solo estaban a nombre de uno de ellos. 

La respuesta de Hacienda fue que sí, y que además los copropietarios pueden solicitar al Ayuntamiento que divida la liquidación del IBI según el porcentaje de propiedad que corresponda a cada uno. 

Los propietarios pueden pedir que el IBI se divida según su porcentaje de propiedad

Lo primero que hay que tener en cuenta es que el artículo 35.7 de la Ley 58/2003, General Tributaria (LGT) establece que, cuando la Administración solo conoce la identidad de uno de los titulares, puede practicar y notificar la liquidación a nombre de esa persona.

Ahora bien, la propia norma permite que ese propietario solicite la división de la liquidación entre todos los titulares. Para que el Ayuntamiento pueda hacerlo, deberá facilitar los datos personales y el domicilio de los demás obligados al pago, así como el porcentaje de participación que corresponde a cada uno en la propiedad del inmueble.

De este modo, si una vivienda pertenece a varias personas, el hecho de que el recibo llegue únicamente a nombre de una de ellas no impide que puedan pedir que el IBI se reparta conforme a la cuota de propiedad de cada titular.

La DGT confirma además que el copropietario puede solicitar al Ayuntamiento que le gire los recibos del impuesto y, al mismo tiempo, pedir la división de la liquidación aportando los datos de los demás propietarios y su porcentaje de participación.

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