Cuándo debo de solicitar el subsidio para mayores de 52 años y cuánto tarda el SEPE en contestar

El Servicio Público de Empleo Estatal exige que se cumpla con el mes de carencia antes de procede a la solicitud del subsidio. Además, habrá que tener en cuenta estos requisitos.

Este es el momento en el que se puede pedir el subsidio para mayores de 52 años
Diego Fernández

No son pocas las personas que se encuentran en una situación de desempleo y se preguntan cuándo pueden solicitar una ayuda u otra. Un hecho que ocurre con mayor frecuencia con el subsidio para mayores de 52 años, debido a que se trata de una prestación que se puede llegar a cobrar hasta que se cumpla la edad de jubilación. Lo que la hace la ayuda más longeva en el tiempo de las que ofrece el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Es por ese mismo motivo que hay que tener claro cuál es el momento exacto en el que se tiene derecho a solicitar esta prestación no contributiva por desempleo. Lo que hará que, si el desempleado se encuentra en ese punto, ya podría pedirla, mientras si no cumple alguno de los requisitos necesarios, aunque sea de manera momentánea, deberá esperar. Por lo que a continuación se van a indicar dichos requisitos para saber que se puede solicitar esta ayuda en el momento en el que se cumplan todos.

Pero lejos de esa pregunta, también existe otra gran duda, y es cuánto tiempo tarda el SEPE en responder a la solicitud presentada. Un dato que también se explicará en las próximas líneas y que tiene una fecha límite, aunque habitualmente el servicio público estatal suele responder en un periodo inferior de tiempo al establecido.

¿Cuándo se puede pedir el subsidio para mayores de 52 años?

Para solicitarlo es necesario dejar transcurrir el periodo de un mes desde que se terminó de cobrar la anterior prestación o quedarse en situación de desempleo. A este mes se le conoce como el mes de carencia o de espera. Es decir, un mes donde el desempleado no percibe ningún tipo de ayuda o prestación.

Además, en el momento de la solicitud es necesario que la persona desempleada cumpla con los requisitos exigidos por el SEPE para acceder al cobro del subsidio para mayores de 52 años. A continuación, se indican las condiciones que deben reunir para cobrar este subsidio por desempleo.

  • Tener 52 años o más, pero menos de la edad de jubilación.
  • Estar en desempleo.
  • No ser trabajador fijo discontinuo.
  • Cumplir con el ‘mes de espera’ desde que se agota la prestación anterior a la que se tenía derecho.
  • Cumplir con la Búsqueda Activa de Empleo (BAE).
  • No tener ingresos superiores al 75 % del SMI, teniendo fijado el límite en los 723,75 euros al mes.
  • Haber cotizado, al menos, 15 años a la Seguridad Social.

¿Cuánto tiempo tarda en responder el SEPE?

También es importante conocer cuánto tiempo tarda el Servicio Público de Empleo Estatal en ofrecer una respuesta al solicitante del subsidio por desempleo. En este aspecto hay que diferenciar dos fechas distintas, una primera que es el tiempo máximo que tiene el SEPE para dictaminar una resolución y otra en la que se le notifica al desempleado que ha pedido la ayuda económica para mayores de 52 años.

Por ese mismo motivo hay que indicar que, en el momento de la solicitud, el SEPE resolverá la petición de la prestación durante un máximo de 15 días después de que se presentase. Una vez pase ese tiempo, es necesario seguir esperando un poco más de tiempo, ya que será entonces cuando se le mande la notificación al solicitante a través de una carta certificada, que puede llegar a durar 10 días más

Aunque también es posible conocer la resolución de la solicitud por internet, por lo que no es necesario esperar hasta que llegue la carta para conocer si se ha concedido o no la prestación. Esto se puede saber a los 15 días de la petición, más o menos, y siguiendo los pasos que se explican en el artículo sobre cómo saber si han aprobado o no el subsidio por desempleo por internet.

¿Qué pasa si el SEPE no responde?

También puede ocurrir que el SEPE no emita una respuesta al solicitante de la prestación por desempleo. Esto significará que, si pasan 3 meses desde que se pidió la ayuda y no se conoce ninguna respuesta, se entenderá que ha sido denegada por silencio administrativo.

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