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Los españoles que trabajaron en Estados Unidos pueden sumar lo cotizado en España para cobrar una pensión del Seguro Social si tienen al menos un año y medio trabajado allí

Cada país paga después su parte por separado y la solicitud se puede presentar en cualquier oficina de la Seguridad Social española.

Tarjeta del Seguro Social
Tarjeta del Seguro Social |Envato
Francisco Miralles
Fecha de actualización:

El Seguro Social de Estados Unidos exige 40 créditos de trabajo para pagar una pensión de jubilación, siendo este el equivalente a unos diez años cotizados en el país (se ganan como máximo cuatro créditos al año, según lo que se haya cobrado). Quien trabajó allí menos tiempo y volvió a España no pierde necesariamente esos años, ya que el convenio de Seguridad Social entre los dos países permite sumar lo cotizado en España a partir de seis créditos, es decir, de un año y medio de trabajo en Estados Unidos.

De esta forma lo recoge el artículo 17 del Convenio sobre Seguridad Social entre España y los Estados Unidos, firmado en Madrid en 1986 y que actualmente se encuentra en vigor. Según este artículo, si una persona tiene “al menos seis trimestres de seguro” en Estados Unidos pero no llega al mínimo para tener derecho a la pensión, la Administración del Seguro Social (SSA) tendrá en cuenta los periodos cotizados en España que no coincidan en el tiempo con los estadounidenses.

Cómo se convierten los años cotizados en España

El convenio fija una equivalencia concreta, ya que cada 91 días cotizados en España cuentan como un trimestre (un crédito) para la SSA, con un máximo de cuatro por año. De esta forma, un trabajador que estuvo dos años en Estados Unidos (ocho créditos) y después cotizó 20 años en España podría completar los 40 créditos que exige el Seguro Social.

Tarjeta del Seguro Social
Tarjeta del Seguro Social | Fuente: Envato

Eso no significa que vaya a cobrar como si hubiera trabajado toda su vida allí. La SSA calcula la pensión con los salarios que tuvo en Estados Unidos y paga solo la parte proporcional al tiempo cotizado en el país, según el artículo 19 del convenio. Además, si la persona ya tiene los 40 créditos por su cuenta, la agencia no suma nada de lo cotizado en España, tal y como explica la SSA en su folleto sobre el acuerdo con España.

Esta misma regla también funciona a la inversa, pues la Seguridad Social española exige 15 años cotizados para la pensión de jubilación, según el artículo 205 de la Ley General de la Seguridad Social, y si no se alcanzan con los periodos de España, puede sumar los de Estados Unidos y pagar la parte que corresponda a lo cotizado aquí (en general, si se ha cotizado al menos un año aquí, según el artículo 10).

Para esos años trabajados en Estados Unidos, la base reguladora (la cifra sobre la que se calcula la pensión) se hace con las bases mínimas de cotización españolas de la categoría del trabajador.

Una sola solicitud para las dos pensiones

El convenio deja claro en su artículo 3 que ninguno de los dos países puede recortar o dejar de pagar una pensión solo porque el beneficiario viva en el otro. Por ese motivo, quien resida en España puede pedir la pensión estadounidense en cualquier oficina de la Seguridad Social española o en la Unidad de Beneficios Federales de la Embajada de Estados Unidos en Madrid, la cual se encuentra ubicada en la calle Serrano 75.

Persona contando dinero en efectivo
Persona contando dinero en efectivo | Fuente: Envato

Basta con una sola solicitud, ya que la que se presenta en un país vale también como solicitud en el otro si se indica que se ha cotizado en ambos (artículo 24 del convenio y su acuerdo administrativo). Cada país estudia después el expediente con sus propias reglas y paga su parte por separado, de modo que el jubilado puede acabar cobrando dos pensiones, una española y otra del Seguro Social, cuya edad de acceso también es distinta, como se puede ver en la tabla de jubilación del Seguro Social entre los 62 y los 70 años.

El convenio cubre la jubilación, la incapacidad y la supervivencia (viudedad y orfandad), pero no el SSI, el ingreso suplementario para personas con pocos recursos, que se rige por otras normas.