Nuevas ayudas al alquiler del Ayuntamiento de Madrid de hasta 900 euros

El Ayuntamiento de Madrid ha puesto en marcha esta semana el nuevo Plan Integral de Alquiler Municipal con ayudas de hasta 900 euros para reactivar el mercado de alquiler en la capital española.

una pareja de jóvenes realizando una mudanza
Ayuda al alquiler
Paola Vargas López

El nuevo plan de ayudas al alquiler en Madrid está gestionado a través de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo, EMVS, y tiene como objetivo aumentar la oferta de viviendas en la capital y ayudar a que los inquilinos/as tenga unas condiciones de acceso a las mismas más económico y sostenible.

¿Cómo funciona el plan de ayudas al alquiler de Madrid?

El Plan Integral de Alquiler Municipal opera a través del Programa Reviva. Este proyecto recupera viviendas vacías que miles de propietarios/as tienen paradas y en desuso para ponerlas en servicio de inquilinos interesados y aumentar así la oferta de inmuebles.

Para ello, los responsables del programa, EMVS, se encargan de buscar a propietarios/as con viviendas vacías que quieran cederlas a este organismo durante un periodo determinado. A cambio les garantizan una renta mensual durante todo el periodo en que esté vigente el contrato de cesión, además de otras ventajas.  

Las viviendas que sean cedidas, serán destinadas a cubrir demandas de arrendamiento de personas o unidades familiares que estén inscritas en la Bolsa de Demandantes de Vivienda del programa “Reviva Madrid”.

¿Qué beneficios ofrece el Programa Reviva Madrid a los propietarios/as?

La EMVS asegura los siguientes servicios y beneficios para los propietarios que cedan su vivienda a este plan de ayudas al alquiler:

  • Gestión integral de todo el proceso de arrendamiento de la vivienda, evitando al/la propietario/a trámites administrativos y jurídicos.
  • Informe técnico del estado de la vivienda, que servirá para establecer su precio de alquiler en el mercado.
  • En caso de que la vivienda necesite reformas, el EMVS adelantará el importe de las obras al propietario, con una cantidad máxima de 45.000 euros sin comisiones. Este préstamo a comisión 0 se irá descontando mensualmente de la renta que reciba el propietario por parte de la Empresa Municipal.
  • Pago de la renta mensual garantizado durante todo el contrato, siempre a los precios del mercado.
  • Cobro de la renta en la cuenta del propietario en los cinco primeros días de cada mes.
  • Obtención del certificado energético de la vivienda por parte del EMVS.
  • Instalación de alarma en la vivienda.
  • Contrato de usufructo de un mínimo de 4 años entre propietario/a y EMVS, con todos los cobros de la renta garantizados durante este periodo.
  • Responsabilidad exclusiva de la EMVS del mantenimiento y conservación de la vivienda.
  • Devolución de la vivienda al finalizar en contrato de cesión en el mismo estado en el que se cedió el inmueble.

Requisitos para poder ceder una vivienda al EMVS:

  • La vivienda deberá llevar vacía 9 meses como mínimo.
  • Cada propietario/a podrá ceder un máximo de 5 viviendas.

Ayudas al alquiler en la comunidad de Madrid a inquilinos/as

Una vez disponibles las viviendas por el EMVS, el programa establece una línea de ayudas a los inquilinos/as que quieran alquilarlas. Estas ayudas se conocen con el nombre: Bono Vivienda.

Cuantía de la ayuda al alquiler Bono Vivienda

El importe mensual de esta ayuda será de 900 euros mensuales como máximo. La cuantía mínima establecida es de 450 euros mensuales.

Requisitos para conseguir el Bono Vivienda

Para poder optar a esta ayuda al alquiler en Madrid deberás cumplir estos dos requisitos:

  • Estar empadronado/a en Madrid 5 años como mínimo.
  • Tener unos ingresos brutos anuales de entre 3 y 7,5 veces el IPREM (entre 32.200 y 88.200), según los miembros de la unidad familiar.

El Bono Vivienda consistirá en una ayuda directa para pagar e alquiler y se calculará teniendo en cuenta estos ingresos, el número de miembros de la unidad familiar y, además, tendrá una serie de requisitos generales que serán decisivos a la hora de otorgarla.

Requisitos generales que bonifican:

  • Ser menor de 35 años y mayor de 65.
  • Tener una discapacidad reconocida de igual o superior al 33%.
  • Personas separadas o divorciadas con hijos/as que acrediten esta condición.
  • Familias con hijos/as menores de 25 años dependientes económicamente o embarazadas.
  • Familias con hijos/as dependientes, cualquiera que sea su edad, con grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Requisitos que aumentan la cuantía del Bono Vivienda:

Si cumples una de estas condiciones, la cuantía de tu bono puede ser mayor:

Lo más leído

Archivado en: