Cuándo entrará en vigor el bono de alquiler para los jóvenes: hasta 250 euros al mes

El bono de alquiler para los jóvenes se aprobará el próximo martes 18 de enero en el Consejo de Ministros. Requisitos para solicitar la ayuda de 250 euros.

Cuándo se podrá solicitar el bono de alquiler para jóvenes de hasta 250 euros al mes
El decreto para el bono joven de alquiler se aprueba el 18 de enero
Esperanza Murcia

El Gobierno aprobó a finales de año el bono de alquiler para los jóvenes. Una medida que busca facilitar el acceso a una vivienda para este colectivo, incluida en una partida de 200 millones de euros en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2022. Establecida la cuantía de esta ayuda al alquiler, por la que se recibiría un máximo de 250 euros al mes, a día de hoy todavía no se puede pedir. Aunque tuviera carácter retroactivo desde el 1 de enero. 

Así pues, ¿cuándo se puede solicitar el bono joven? Todo apunta a que será el próximo martes 18 de enero, cuando se apruebe en el Consejo de Ministros el decreto que regula su acceso. De ser así, ya se podría comenzar a repartir entre los jóvenes. Estos podrán disfrutar de la ayuda a la vivienda durante un plazo máximo de dos años, siempre que cumplan con todos los requisitos. 

Asimismo, según adelantó el Gobierno, el bono de alquiler se aplica a cada persona y no a cada vivienda. De ese modo, varios convivientes de una misma casa o piso podrían resultar beneficiarios si recogiesen de forma individual todas las condiciones. También se podrá complementar con otras ayudas como el Ingreso Mínimo Vital (IMV), aunque está pendiente de confirmar el listado completo. 

Requisitos para solicitar el bono joven de alquiler

El bono de alquiler está destinado para que los jóvenes que no cuentan con los recursos suficientes puedan independizarse, por lo que tendrán que reunir una serie de condiciones. A día de hoy, pues se tiene que aprobar todavía el decreto, estos son los requisitos que se conocen a falta que se publique el texto oficial: 

  • Jóvenes comprendidos entre 18 y 35 años. 
  • Rentas inferiores a los 24.318 euros anuales (cifra establecida al calcular tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).  
  • Estar trabajando, presentando un contrato laboral. 
  • La vivienda alquilada tiene que ser la residencia habitual. 
  • Tener residencia legal en España. 

A estos requisitos hay que sumarles las condiciones de la vivienda. En concreto la vivienda alquilada no podrá superar un precio máximo de 600 euros al mes. No obstante, este límite podría alcanzar los 900 euros si así lo decidiese la comunidad autónoma, ya que el precio del alquiler no es igual en todas las comunidades. Hay que decir que es lo estipulado hasta el momento, pudiendo cambiar de aquí al 18 de enero cuando se ejecute la aprobación del decreto. 

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