La justicia avala que una casera descuente los gastos de limpieza de la fianza a sus inquilinos por dejar la cocina demasiado sucia

Como norma general, los gastos de limpieza para volver a alquilar una vivienda corresponden al propietario, salvo cuando existe una situación de abandono o suciedad excesiva.

Una hornilla llena de suciedad |Envato
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La Audiencia Provincial de Barcelona ha considerado que una casera podía descontar 290,40 euros de la fianza de sus antiguos inquilinos porque dejaron la cocina de la vivienda con una suciedad superior a la razonable. Aunque la regla general es que los gastos de limpieza para volver a alquilar un piso corresponden generalmente al propietario, la justicia señala que existen excepciones cuando la vivienda se devuelve en condiciones de abandono o con una suciedad excesiva.

Según la sentencia de 29 de enero de 2026, cuando tras seis años de alquiler los inquilinos dejaron la vivienda, la propietaria se negó a devolverles los 1.400 euros que habían entregado como fianza y garantía adicional. El motivo era que, según alegaba, habían dejado numerosos desperfectos, por los que llegó a reclamarles 3.005,07 euros, y entre ellos estaban esos gastos de limpieza. 

Los inquilinos, al considerar que muchos de esos daños ya existían o se debían al paso del tiempo, decidieron demandar a la casera para recuperar su dinero. Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia número 5 de L'Hospitalet de Llobregat desestimó su demanda y dio la razón a la propietaria, una decisión que posteriormente fue revocada parcialmente por la Audiencia Provincial.

Los gastos de limpieza corresponden al propietario, salvo cuando existe una suciedad excesiva

La Audiencia recordó que, de acuerdo con el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, el propietario debe devolver la fianza una vez finalizado el contrato, descontando, en su caso, las cantidades correspondientes a las responsabilidades del inquilino.

Además de que, conforme a los artículos 1.561 y 1.563 del Código Civil, los inquilinos deben devolver la vivienda en el estado en que la recibieron, pero no tienen que responder de los deterioros producidos por el paso del tiempo, el uso normal o causas ajenas a su responsabilidad.

En cuanto a la limpieza, la sentencia señala que, si bien la regla general es que tanto los gastos de pintura como los de limpieza para volver a alquilar la vivienda tienen que asumirlos el propietario, hay excepciones cuando existen situaciones especiales de abandono o suciedad que van más allá de lo razonable.

En este caso, la casera reclamaba 290,40 euros por una limpieza realizada por una empresa externa, cuya factura tenía fecha de 2 de enero de 2023, más de un mes después de que los inquilinos abandonaran el piso.

Los inquilinos se negaron a pagar estos gastos, porque aseguraban que había pasado un mes desde que habían entregado las llaves y esa suciedad podía deberse a otra causa, como las reparaciones que se estuvieron haciendo en la vivienda después de que ellos se fueran. 

La Audiencia rechazó este argumento, porque se había demostrado que, antes de hacer la limpieza de la cocina, la única reparación que se había hecho en la casa era el arreglo de las persianas. Además, la casera aportó fotografías en las que se veía cómo la suciedad de la cocina superaba lo razonable y justificaba ese gasto. 

Por todo ello, la sentencia (SAP B 321/2026) determinó que la casera podía descontar estos gastos de limpieza, aunque no le dio la razón en otras de sus reclamaciones. Contra esta resolución, según recoge el propio fallo, no cabía recurso alguno.

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