Esta es la cuota que se puede reducir una familia numerosa al contratar a una empleada de hogar

La rebaja de la cuota que debe pagar a la Seguridad Social por contratar una empleada de hogar es uno de los beneficios fiscales que tienen las familias numerosas.

Las familias numerosas tendrán esta rebaja en la cuota si contratan una empleada de hogar
Diego Fernández

Las familias numerosas tienen una serie de beneficios fiscales. Una de ellas es una rebaja en el pago de la cuota de cotización al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Esto se da cuando se contrata a una empleada de hogar, pudiendo acceder a un descuento que puede llegar a tener dos cantidades distintas de rebaja en función de una serie de factores. 

Cabe destacar que para poder obtener esta rebaja fiscal es necesario solicitarla a la propia Seguridad Social, pudiendo hacerlo por internet. Con ello, se realizará esta gestión de una manera más rápida y sin necesidad de pedir una cita previa al INSS. Pero, ¿cómo se lleva a cabo este trámite? Tan solo es necesario acceder a la categoría de alta de como empleada de hogar dentro de la sede electrónica de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Teniendo que ‘solicitar alta’.

En ese punto es necesario identificarse y, tras eso, rellenar un formulario con unos sencillos pasos. Lo primero será indicar que se trata de un ‘empleador’ y, tras eso completar hasta un total de 8 pasos en los que la Seguridad Social pide los datos de la persona contratante, la duración y tipo de contrato de la empleada doméstica y los datos bancarios. Pudiendo formalizar el alta de esta al final de la solicitud, obteniendo así la rebaja fiscal en el pago de la cuota mensual al INSS.

¿De cuánto es la rebaja en la cuota por contratar a una empleada de hogar?

A la hora de establecer cuánto es la rebaja en la cuota de cotización que debe pagar el empleador siempre que sea beneficiario del título de familia numerosa, sea cual sea la categoría, es necesario distinguir dos tipos de descuento. En el ámbito general, cabe destacar que esta rebaja es del 45 % sobre la cuota total que debe pagar la persona contratante, pero no es el único descuento del que se puede beneficiar. 

Y es que, si se cumplen una serie de condiciones por parte de la trabajadora contratada, se puede llegar a descontar el 100 % de la cuota, no teniendo por qué pagar nada al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Pero, para ello, es necesario que la trabajadora doméstica cumpla alguna de estas condiciones: 

  • Sea víctima de violencia de género.
  • Esté sustituyendo a la trabajadora habitual debido a una baja laboral.
  • Esté afectada por un grado de discapacidad que le afecte en una movilidad reducida.

Cuantía a pagar por el empleador en la cuota de cotización al INSS

Para conocer, de manera exacta, en cuánto se va a traducir dicha rebaja del 45 % en el pago mensual de esta cuota que debe abonar el empleador se van a diferenciar hasta 10 tipos de sueldos distintos. Estos irán desde los 240 euros al mes hasta los 1.294 euros al mes, afectando de una manera u otra la rebaja mensual, la cuota total, en función del sueldo, quedaría así: 

  • Sueldo de 0 euros a 240 euros: Cuota de 28,44 euros al mes.
  • Sueldo de 240 euros a 375 euros: Cuota de 46,94 euros al mes.
  • Sueldo de 375 euros a 510 euros: Cuota de 65,43 euros al mes.
  • Sueldo de 510 euros a 645 euros: Cuota de 83,94 euros al mes.
  • Sueldo de 645 euros a 780 euros: Cuota de 102,57 euros al mes.
  • Sueldo de 780 euros a 914 euros: Cuota de 121,07 euros al mes.
  • Sueldo de 914 euros a 1.050 euros: Cuota de 144,95 euros al mes.
  • Sueldo de 1.050 euros a 1.144 euros: Cuota de 151,35 euros al mes.
  • Sueldo de 1.144 euros a 1.294 euros: Cuota de 170,08 euros al mes.
  • Desde los 1.294 euros en adelante: Cuota de 178,64 euros al mes.

¿Qué es necesario para obtener la rebaja en la cuota de cotización del INSS?

Por último, la Seguridad Social establece que son necesarios dos datos que el empleador debe facilitar a la administración pública para poder ser beneficiario de este descuento del 45 % en el pago de la cuota mensual de cotización de la empleada de hogar. Para ello tan solo hace falta que el empleador sea beneficiario del título de familia numerosa y, aparte, debe permitir que la Seguridad Social compruebe que esta condición se cumple a la perfección.

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