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Los empleados que trabajen la madrugada del sábado al domingo podrán tener una hora de descanso extra en los próximos 4 meses

Si no existe un acuerdo sobre cómo compensar las horas extraordinarias, estas deben compensarse con descanso retribuido dentro de los cuatro meses siguientes. No obstante, hay convenios que ya regulan cómo actuar ante el cambio de hora.

Un camarero cerrando un restaurante
Un camarero cerrando un restaurante |Europa Press
Esperanza Murcia
Fecha de actualización:

Este fin de semana tiene lugar el cambio de hora para implantar el horario de invierno. Ocurrirá en la madrugada del sábado 24 al domingo 25 de octubre, cuando a las 03:00 horas volverán a ser las 02:00. De ese modo, como se suele decir, se dormirá una hora más, tratándose del fin de semana más largo del año.

Ahora, ¿qué pasa si nos pilla trabajando? ¿Cómo se compensa la hora que se trabaja de más? Como norma general, si el cambio de hora supone trabajar una hora más de la jornada ordinaria, la empresa deberá compensarla con una hora de descanso retribuido dentro de los cuatro meses siguientes, siempre que el convenio colectivo o el contrato de trabajo no establezcan otra forma de compensación.

Según el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores, “tendrán la consideración de horas extraordinarias aquellas horas de trabajo que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo”. Así pues, si debido al cambio de hora el trabajador supera la jornada ordinaria que tiene establecida y ese exceso no queda compensado mediante los ajustes de jornada previstos, podría generarse una hora extraordinaria.

Según el estatuto, las horas extra pueden pagarse o compensarse con tiempo de descanso, según lo que establezca el convenio colectivo o el contrato de trabajo. Si se pagan, el trabajador debe cobrar como mínimo lo mismo que por una hora normal de trabajo. Si no existe ningún acuerdo sobre cómo compensarlas, deben cambiarse por horas de descanso retribuido dentro de los cuatro meses siguientes.

Hay que revisar el convenio colectivo

Algunos convenios colectivos ya regulan cómo actuar ante el cambio de hora, por lo que es importante revisar las condiciones sobre la jornada laboral, los turnos y los descansos. Por ejemplo, pueden establecer ajustes en los horarios de entrada o salida para que los trabajadores realicen las mismas horas de siempre, evitando que tengan que trabajar una hora adicional por el cambio horario

En otros casos, como ocurre en determinados servicios de seguridad o emergencias, donde se realizan guardias de 24 horas, esta diferencia puede quedar compensada dentro del cómputo anual de horas establecido en el cuadrante de trabajo. De esta forma, la hora adicional del cambio al horario de invierno no siempre se considera una hora extraordinaria, ya que dependerá de cómo esté organizada la jornada y de lo que establezca el convenio colectivo.

En la misma línea, desde el sindicato USO explican que, en el caso de los trabajadores con contrato indefinido y turno de noche, lo habitual es compensar la hora de más que se trabaja en octubre con la hora de menos que se realiza cuando llega el horario de verano, en marzo. De esta forma, ambas diferencias quedan compensadas a lo largo del año.

En cambio, para quienes tienen contratos temporales o trabajan con turnos rotatorios, la compensación dependerá de lo establecido en el convenio colectivo, que puede contemplar el pago de esa hora, su compensación con descanso o una adaptación de los horarios.