David Jiménez, abogado: “Cuando unos padres van a hacer una donación a un hijo, tienen que especificar si quieren que esa donación sea un adelanto de la herencia o simplemente sea un regalo”

Los padres pueden decidir que la donación que hacen a uno de sus hijos no se tenga en cuenta como parte de la herencia, siempre y cuando no perjudique las legítimas del resto de herederos forzosos.

David Jiménez, abogado experto en herencias |Redes sociales David Jiménez
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Es habitual que los padres ayuden a sus hijos donándoles dinero en vida, pero estas entregas de dinero o de algún bien pueden generar ciertas dudas, sobre todo entre hijos, de cara a conocer si en el futuro reparto de la herencia el que recibió donación tiene los mismos derechos sobre ella que el resto. 

El abogado experto en herencias David Jiménez, explica en un video publicado a través de sus redes sociales que, cuando los padres donan dinero a sus hijos, es importante tener en cuenta si este dinero va a considerarse como un adelanto de la herencia o si, por el contrario, la donación no debe descontarse cuando se haga el reparto de la misma. 

El abogado aclara que no todas las donaciones realizadas a los hijos tienen las mismas consecuencias a la hora de repartir una herencia, ya que hay que tener en cuenta la voluntad de los padres y lo que establece el Código Civil sobre la llamada colación hereditaria.

Las donaciones pueden descontarse de la futura herencia

El Código Civil establece, en su artículo 1.035 (que se puede consultar en este BOE), que en el reparto de la herencia los herederos forzosos que concurran con otros que también lo sean deben tener en cuenta los bienes que hayan recibido en vida del fallecido por donación u otro título gratuito para calcular las legítimas (la parte de la herencia que por ley corresponde a los herederos forzosos).  

Esto es precisamente lo que se conoce como colación hereditaria, una figura que permite tener en cuenta lo que uno de los hijos recibió anteriormente para determinar qué le corresponde cuando fallecen sus padres.

El  abogado explica el concepto con el ejemplo de unos padres que donan a uno de sus hijos 30.000 euros. “Cuando unos padres van a hacer una donación a un hijo, tienen que especificar si quieren que esa donación, esos 30.000 euros, sea un adelanto de la herencia o simplemente sea un regalo”, añade Jiménez.

Un punto a tener en cuenta es que la ley permite que estas donaciones sean colacionables o no lo sean. Según el artículo 1.036 del Código Civil, la colación no tendrá lugar si el donante (en este caso los padres) ha dispuesto expresamente que la donación no sea colacionable, salvo que deba reducirse por perjudicar los derechos de los demás herederos.

Esto implica que, si al hacer la donación no se ha dispensado expresamente de colación al hijo que recibió el dinero, la norma general establece que deberá tenerse en cuenta a la hora de repartir la herencia cuando se cumplan los requisitos legales para que se haga.  

Si la donación perjudica la legítima de los hermanos puede reducirse

Como se ha aclarado anteriormente, el hecho de que los padres decidan que la donación sea colacionable no implica necesariamente que no deba tenerse en cuenta a la hora de repartir la herencia. El abogado advierte de que pueden existir situaciones en las que una donación perjudique gravemente al resto de los herederos, especialmente cuando los padres han entregado una parte importante de su patrimonio a uno solo de sus hijos.

“¿Qué sucede si existe un perjuicio muy grave a los demás? Porque no son 30.000 euros, sino que se ha vaciado completamente el patrimonio de los padres y el resto se ven perjudicados”, plantea el abogado.

En estos casos, el artículo 654 del Código Civil establece que las donaciones que resulten inoficiosas, es decir, que excedan de lo que legalmente se podía donar sin perjudicar las legítimas, deberán reducirse en la parte que corresponda. Para calcularlo, el artículo 818 obliga a tener en cuenta el patrimonio que queda al fallecimiento y las donaciones realizadas.

Por ello, Jiménez señala que habría que estudiar si esa donación perjudica la legítima de los demás hijos y si debe reducirse, algo que “solamente se puede mirar cuando vas a hacer la herencia”.

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