El INSS explica si se puede cobrar una pensión no contributiva de discapacidad junto al IMV

El Imserso y el INSS explican si existen compatibilidades entre la pensión no contributiva de discapacidad y el IMV para cobrar ambas.

El INSS explica si se puede cobrar una pensión no contributiva de discapacidad junto al IMV
El Imserso aclara si se puede compatibilizar el IMV y la pensión no contributiva de discapacidad.
Isabel Gómez

Las personas que cobran una pensión no contributiva del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) acceden a ella cuanto no tienen cotizado el tiempo suficiente para cobrar una pensión contributiva del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Esto les puede ocurrir a los jóvenes que presentan una discapacidad y cobran la pensión no contributiva de invalidez.

Como esta cuantía que reciben es muy baja, se preguntan si pueden cobrar la prestación del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Se trata de una ayuda no contributiva cuya finalidad es garantizar a los solicitantes un mínimo de rentas y que se amparen bajo un umbral económico que les permita vivir con unas condiciones básicas. Algo que desde el Imserso han confirmado y es que sí, sí es posible compatibilizar ambas.

Antes de entrar en detalle y explicar por qué se puede cobrar, hay que recordar que las pensiones no contributivas de jubilación no van a poder compatibilizar la pensión con el IMV. Además, hay una novedad: tras las nuevas medidas anticrisis del Gobierno de España, estas pensiones del Imserso han experimentado una subida de la cuantía a percibir de un 15% desde julio hasta el 31 de diciembre.

¿Por qué si se cobra una pensión no contributiva de discapacidad se puede cobrar el IMV?

Desde el Instituto de Mayores se exponen una serie de requisitos que deben cumplir los jóvenes pensionistas que cobran una pensión no contributiva de invalidez, específicamente dos:

  • Que sean menores de 65 años.
  • Que tengan un grado de invalidez igual o superior al 65%. 

Para poder cobrar el IMV se tiene que tener una edad comprendida entre los 23 años y los 65 años. Por lo que este es uno de los motivos compatibles por el que se pueden cobrar ambas ayudas. Sin embargo, ahí también radica el motivo por el que los jubilados no pueden cobrar la prestación del INSS.

Otro de los motivos tiene que ver con la carencia de renta y con las cuantías a recibir. Es destacable que el límite de rentas impuesto para cobrar la pensión coincida con el límite de rentas que debe cumplir un individuo que quiera solicitar la prestación no contributiva de la Seguridad Social. Esa cuantía es 5.899,60 euros anuales en 2022. Como es un importe muy bajo, ahí entraría la opción de compatibilidad. 

¿Qué otra ayuda es compatible con la pensión no contributiva de discapacidad? 

Otra ayuda compatible con la pensión no contributiva de invalidez es la Renta Mínima de las diferentes comunidades autónomas españolas. Esta va dirigida en favor de todas aquellas personas con unos ingresos muy bajos. Es cierto que la cuantía de la pensión no contributiva no llega el 50% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de media, es decir, que de media no cobran ni 500 euros mensuales.

La prestación de la renta mínima se debe solicitar a través de los Servicios Sociales que están disponibles en los ayuntamientos de la localidad que le corresponda al interesado por empadronamiento. Pero, ¿cuál es verdaderamente su función? Cubrir necesidades como el pago de la factura de la luz o la compra de alimentos. Corresponde a cada comunidad autónoma explicar cuáles son los requisitos para acceder a ella.

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