RISGA ( Renta de Inclusión Social Gallega). Una paga de hasta 718 euros al mes

El RISGA es un salario social para garantizar de ingresos mínimos a familias en riesgo de exclusión.

manos con monedas de euros
Salario social risga Envato
Francisco Miralles

Aquí te contamos todos los detalles y requisitos a cumplir para poder beneficiarse de esta ayuda económica que sin duda a muchas familias gallegas hará poder respirar más holgadamente. Esta ayuda pretende garantizar los recursos económicos a los más desfavorecidos y ayudarlos en el arduo camino de su vuelta al mundo laboral.

Requisitos:

  • llevar empadronado al menos el último año en algún municipio gallego. Tener residencia legal, en el caso de ser extranjero.
  • Tener entre 25 y 65  años de edad.
  • Que los miembros de la unidad de convivencia no tengan derecho a obtener  “ alimentos” de familiares de acuerdo con el Código Civil.
  • No tener un ingreso en la unidad de convivencia que supere la cantidad que correspondiera percibir con esta ayuda y no tener bienes patrimoniales que puedan dar lugar a la obtención de ingresos para subsistir (como por ejemplo percibir un alquiler de algún local, etc).

Pero también hay excepciones en estos requisitos básicos, ¿cuáles?:

  • Las personas entre 18 y 25 años de edad también tienen derecho a esta ayuda si tienen a su cargo a menores o personas con discapacidad.
  • Las personas mayores de edad también podrán beneficiarse si son huérfanas de ambos progenitores y que antes de conseguir la mayoría de edad hubieran estado tutelados por la Xunta e internados en centros de protección de menores o en acogimiento familiar y las que tienen un grado de discapacidad igual o superior al 33% que no perciban ninguna ayuda por ello.
  • Las víctimas de violencia de género que cambian su domicilio por seguridad.
  • Respecto al requisito del tiempo mínimo de residencia en Galicia de 1 año, no se tendrá en cuenta en los siguientes casos: si son víctimas de violencia de género, si son emigrantes gallegos retornados cuando fijen su residencia en Galicia y también los nacidos en Galicia que  residiendo en otras comunidades autónomas fijen su residencia en Galicia de nuevo.

¿Cuál es el importe de la Renta Mínima?:

  • Será el 75% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (actualmente en 537,84 eur) , por lo que serían 399 eur al mes, importe que se irá incrementando un 12% adicional por el segundo miembro de la unidad familiar, un 10% mas por el tercer miembro y un 8% mas por los restantes miembros que conformen la unidad.
  • Este límite podrá ascender hasta el 145% (importe de 718 eur al mes ) cuando la familia sea integrada por 7 o más miembros .

Cómo tramitar la solicitud de tu ayuda:

Deberás de presentarte personalmente en los Servicios Sociales del Ayuntamiento de  tu población  o preguntar en las Unidades de Atención Social de A Coruña, Lugo, Ourense o Pontevedra.

Lleva contigo fotocopia de DNI de todos los miembros que formen parte de la unidad de convivencia y el modelo de la solicitud cumplimentado que allí te darán o llevarlo relleno si te lo descargas en este enlace

Para agilizar el trámite también os recomendamos llevar en ese momento fotocopia compulsada del libro de familia y el original y si tienes alguno de estos casos también lleva el original junto a fotocopia compulsada ; certificado de minusvalía si lo tienes, resolución en caso de violencia de género o los documentos que acrediten los ingresos de las personas que conviven en el domicilio .

El tiempo medio de la resolución de tu ayuda ronda los 3 meses, pero no olvides preguntar allí mismo cuando la presentes cuanto tiempo tardarán en dártela.

Los pagos suelen hacerse sobre el día 10 del mes siguiente, como la prestación del paro.

Y lo bueno es que en cualquier momento puedes presentar tu solicitud, no hay ningún plazo estipulado.

Duración de la ayuda y Obligaciones.

A estas personas se les concederá la ayuda por un periodo de 12 meses.

Respecto a las obligaciones de los beneficiarios se establece :

  • Destinar el importe de la ayuda recibida al fin para el que se concede.
  • Participar activamente en las actividades que se estimen para la inserción en el mundo laboral del beneficiario.
  • Comunicar cualquier situación que pueda producirse en el transcurso de la percepción de esta ayuda, que puedan dar lugar a la modificación, suspensión o extinción de la ayuda.
  • Escolarizar a los menores que estén en la edad y garantizar su asistencia.
  • No ejercer la mendicidad o prostitución.

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