El Gobierno planea dejar sin ayudas a las empresas que defrauden

El colectivo de inspectores propone vetar en lugar de multar debido a que no consideran efectivamente disuasorio este último método para evitar el fraude fiscal.

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Javier Martín

El Gobierno de España tiene pensado privar de cualquier ayuda económica a aquellas empresas que hayan cometido fraude en sus obligaciones fiscales. Un cambio de castigo, el de vetar por el habitual régimen ordinario de sanciones tributarias basado en multar económicamente, para dar un vuelco a su efectividad, dudosa hasta el momento.

“En ocasiones no basta con obligar a los defraudadores a pagar lo que han dejado de ingresar y a abonar la correspondiente sanción tributaria. En ocasiones ese esquema sancionador se queda corto o no es lo suficientemente disuasorio”, afirma Ransés Pérez, presidente de la Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) que acaba de presentar un informe al Ministerio de Hacienda para desfavorecer la dimensión sancionadora económica que prima en la nueva ley de fraude fiscal que se aprobó hace tan solo tres meses. 

Entre las 218 propuestas, la principal contempla apartar del sistema de subvenciones públicas, ayudas fiscales y contratos del Estado durante un plazo de hasta 5 años a aquellas empresas que hayan sido sancionadas tributariamente de forma grave o muy grave o sean reincidentes. Todo ello con tal de que no se beneficien de un sistema contributivo al que no solo no han aportado su granito de arena, si no que se ve minado por sus actos.

Una medida no solo fiscal, si no también social

Acabar con un engaño que no es solo económico, si no también moral, es uno de los objetivos principales de la recomendación estrella del IHE: "Cuando una empresa, o un particular, maquilla sus cuentas para que parezca que gana menos y tener así acceso a ayudas públicas, no sólo está beneficiándose de una ayuda que no le corresponde, si no que está privando de ella a otra empresa o particular que realmente la necesita".

Una práctica venenosa para los cimientos del sistema y ante la que pretenden dar nuevos escudos de defensa a los que velan por su cumplimiento. Sin ir más lejos para evitar hecho como que parte de los miles de millones de ayudas repartidos a lo largo y ancho de la geografía empresarial española hubieran acabado en presupuestos de empresas que no los necesitaban -al menos tanto como otras- pero que redujeron artificialmente sus ingresos para poder acreditar falsamente que lo necesitaban privando de la ayuda a otras que sí lo requerían de verdad.

Ya hay cimientos legales 

El gran problema al que alude el IHE es el de que la excesiva vertiente económica de la intención sancionadora de la actual ley antifraude es el de que estas empresas que incurren en las prácticas anteriormente expuestas no acaban por pagar estas multas por declararse asimismo insolventes o les resulta indiferente hacerlo para volver a incurrir en ello.

Ahí se llega a ese "criterio de graduación de comisión repetida de infracciones tributarias" que, según el IHE -y he ahí el problema-, “se utiliza de manera muy excepcional", en base al artículo 186 de la Ley General Tributaria sobre la que se actúa legislativamente hoy en esta materia. Esta contempla inhabilitar del posible beneficio fiscal de aquellas ayudas solicitadas expresamente (carácter rogado), pero solo durante un tiempo (uno o dos años) a las empresas reincidentes que hayan sido multadas con más de 30.000 euros. Ampliándose el tiempo de inhabilitación si la sanción es menor.

Por tanto, lo que se pretende es ampliar el radio de acción sancionador de prohibición por parte del Fisco a determinadas ayudas públicas o hasta hechos como la retirada del NIF o la inhabilitación. También, entre otras medidas a destacar, está el de tratar de sacar de la circulación los billetes de 200 y 500 euros.

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