Ante el retraso en la gestión del Ingreso Mínimo Vital, el Govern pagará la Renta Social Garantizada

El Govern quiere dar una solución rápida ante los retrasos de la Seguridad Social en conceder el Ingreso Mínimo Vital.

Paola Vargas López

La legislación actual señala que es necesario que una persona tenga la resolución denegada en su petición de Ingreso Mínimo Vital para poder solicitar la Renta Social Garantizada (Resoga). Ante la actual situación de retrasos en la gestión del ingreso Mínimo Vital, la Consellería de Asuntos Sociales y Deportes de Baleares, facilitará a los solicitantes el cobro de la Renta Social.

Estamos en unas fechas complicadas y son miles las familias que se encuentran sin ningún tipo de ingresos y que la Administración competente no les facilita ninguna solución.

Pues bien, según el comunicado que esta Consellería ha publicado, aprobará una serie de modificaciones en el Decreto Ley 10/2020 que permitirán por una parte facilitar el abono efectivo de la prestación económica y por otra evitar esas posibles necesidades que puedan tener alguna de esas personas que no pueden acceder al Ingreso Mínimo Vital.

Renta Social Garantizada e Ingreso Mínimo Vital

La Renta Social Garantizada Balear o más conocida como Resoga, es una ayuda subsidiaria a cualquier otra ayuda económica como puede ser el paro, la pensión no contributiva e incluso al IMV. 

 La Resoga es una ayuda cuya finalidad es la de proveer a las familias el disponer de ingresos suficientes para cubrir las necesidades básicas diarias. Esta ayuda puede ir entre los 459 euros y los 1015 euros mensuales dependiendo de los ingresos de la unidad familiar y de los miembros que la conformen.

Como señalábamos anteriormente en la actualidad la legislación vigente indica que el solicitante tiene que tener la desestimación del Ingreso Mínimo Vital para poder solicitar la Resoga, pero esto va a cambiar.

En los últimos meses se han contabilizado un gran numero de resoluciones del IMV, no desestimatoria sino inadmitidas sin que haya una petición por parte del Gobierno de requerimientos a los solicitantes para poder modificar esa situación de inadmisión.

Consultar el estado de tu solicitud del Ingreso Mínimo Vital

Se modificará el Decreto ley 10/20 en el sentido de que, si se ha cumplido el plazo máximo para que el solicitante reciba la resolución por parte de la Administración central como denegada o estimatoria, el interesado pueda también solicitar la Renta Social hasta que les llegue una resolución y siempre y cuando cumplan con los requisitos económicos exigidos que contempla dicha prestación social.

En definitiva, como consecuencia del retraso en las resoluciones del Ingreso Mínimo Vital también se prorroga el cobro de las prestaciones económicas de la Renta Mínima de Inserción hasta el próximo día 31 de marzo de 2021, que hasta el momento estaba prevista hasta el 31 de diciembre de este año 2020.

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