Renta Activa de Inserción (RAI): requisitos, cuantías y cómo solicitarla al SEPE

Este subsidio de 480 euros al mes está destinado a trabajadores que han consumido el paro y todos los subsidios por desempleo a los que tenía derecho y tienen graves dificultades para encontrar empleo.

oficina prestaciones del SEPE
Renta Activa de Inserción: requisitos, cuantías y cómo pedir la ayuda.
Francisco Miralles

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una de las ayudas extraordinarias del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Este subsidio de 480 euros al mes está destinado a trabajadores con dificultades para encontrar trabajo como pueden ser los desempleados mayores de 45 años, víctimas de violencia de género, emigrantes retornados o personas con discapacidad y no perciben otro tipo de ayuda o subsidio.

¿Quién puede solicitar la Renta Activa de Inserción?

Esta ayuda extraordinaria está pensada para aquellos trabajadores que cuenten con graves dificultades para incorporarse al mercado laboral. De esta forma, el SEPE establece que podrán acceder a la RAI las siguientes personas:

  • Desempleados de larga duración mayores de 45 años.
  • Víctimas de la violencia de género o violencia doméstica: deberán tener acreditada tal condición.
  • Emigrantes retornados mayores de 45 años.
  • Personas con un grado de discapacidad o incapacidad permanente igual o superior al 33 %.

Requisitos para solicitar la RAI

Para acceder a esta ayuda extraordinaria habrá que reunir dos tipos de requisitos, unos generales y, dependiendo del colectivo que lo solicite otros específicos. Así los requisitos generales para acceder a la RAI son:

  1. Estar inscrito como demandante de empleo y estar al corriente de sellar el paro mientas se cobre la prestación.
  2. No tener la edad legal de jubilación (65 años).
  3. Carecer de ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Con la reciente subida el SMI se sitúa en 1.080 euros al mes, por lo que no deberá exceder de los 810 euros mensuales.
  4. No haber cobrado ya la RAI durante al menos 365 días naturales. Este caso no se aplica a las víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica y personas con discapacidad.
  5. No haber percibido la Renta Activa de Inserción por tres veces.

Los solicitantes que tengan cónyuge, hijos menores de 26 o mayores con discapacidad o menores en situación de acogida, el SEPE establece que deberá de sumarse todos los ingresos y dividirlos entre los miembros de la unidad familiar.

Ejemplo: "María solicita la RAI y vive con su pareja y tiene dos hijos, uno de 12 años y el otro de 30 años con discapacidad. En total, los ingresos mensuales ascienden a los 1.300 euros al mes. En este caso habría que dividir esos 1.300 euros entre cuatro, dando como resultado 325 euros por miembro, lo que habilitaría a María a solicitar este subsidio".

Personas desempleadas de larga duración

Las personas que tengan la condición de parados de larga duración deberán acreditar además:

  1. Tener más de 45 años.
  2. Haber agotado la prestación contributiva (el paro) y los subsidios ordinarios por desempleo.
  3. No tener derecho a otras prestaciones, subsidios por desempleo o renta agraria.
  4. Llevar apuntado como demandante de empleo durante al menos 1 año (365 días). El SEPE no tendrá en cuenta si durante ese año se ha trabajo por un tiempo inferior a 90 días y cuando el desempleado tuviera que salir al extranjero con alguna de las siguientes razones:
    • Matrimonio.
    • Nacimiento de una hija o hijo.
    • Fallecimiento o enfermedad grave de un familiar.
    • Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal. Por ejemplo, un juicio.

Además, es necesario cumplir con la Búsqueda Activa para el empleo o BAE, incorporada en el compromiso de actividad que se firma para acceder a la prestación. El Servicio Público de Empleo considera actuaciones de BAE lo siguiente:

  1. Trabajos realizados por cuenta propia o ajena.
  2. Inscribirse en agencias de colocación.
  3. Realización de entrevistas de trabajo.
  4. Inscribirse en al menos dos portales de empleo.
  5. Postularse para alguna oferta de empleo que se encuentre gestionada por los Servicios Públicos de Empleo.
  6. Acciones formativas o de emprendimientos gestionados por el SEPE o los Servicios de Empleo Autonómicos.

Víctimas que sufran malos tratos en el Ámbito Familiar

Las personas que se encuentren dentro de los Malos Tratos en el Ámbito Familiar y tengan reconocida la figura de víctima de violencia de género o de violencia doméstica podrán solicitarla salvo que conviva con el agresor/a.

Cómo requisitos solamente se exigirá estar inscrita/o como demandante de empleo y de forma ininterrumpida durante al menos 1 año (365 días).

Personas con discapacidad

Los trabajadores que presenten una discapacidad podrán solicitarla, siempre y cuando reúnan estas condiciones:

  1. Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  2. Agotar toda prestación contributiva y subsidio a las que se tenía derecho y no tener derecho a ningún otro subsidio.
  3. Estar inscrito de manera ininterrumpida como demandante durante al menos 365 días antes del inicio de la solicitud. El SEPE considera ininterrumpida aunque se trabaja por un periodo inferior a 90 días o se salga al extranjero por algunas de las causas justificadas y explicadas en el párrafo anterior.
  4. Además, se deberá de cumplir con el compromiso de actividad y suscribir al menos a tres actividades dentro de la Búsqueda Activa para el empleo, explicadas en el párrafo anterior.

Emigrantes retornados

En el caso de trabajadores que regresen a España, deberán de reunir las siguientes condiciones:

  1. Firmar el compromiso de actividad y estar inscrito como demandante de empleo.
  2. Ser mayor de 45 años y no superar la edad legal de jubilación 65 años.
  3. No tener derecho a percibir la prestación contributiva o subsidio por desempleo.
  4. Demostrar haber trabajado durante al menos seis meses en el extranjero, y haber retornado a España 12 meses antes de iniciar la solicitud.
  5. No haber cobrado la RAI durante al menos 365 días antes de la solicitud y haberla cobrado por tres veces.

¿Cuánto se cobra de Renta Activa de Inserción y durante cuánto tiempo?

Se cobra el 80% del IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples) que son 480 euros al mes. Su duración será de 11 meses y existe de la posibilidad de solicitarse hasta 3 veces.

El SEPE es el encargado de abonar la RAI cada mes y lo hace entre los días 10 al 15 de cada mes, aunque existen bancos los cuales cuenta con acuerdos firmados con el SEPE para adelantar el pago a los días 3 al 5 de cada mes.

De forma inicial la RAI dura 11 meses, pero existe la posibilidad de solicitar dos prórrogas más es decir, un total de 33 meses de prestación. Entre cada solicitud se deberá de esperar un año sin recibir otro tipo de ayuda o prestación salvo algunos casos.

Las víctimas de violencia de género, sexual o doméstica si se han visto obligadas a cambiar de domicilio dentro de los doce meses anteriores a la solicitud, podrán solicitar extender la prestación tres meses más. Es decir, cobrar hasta 14 meses. Esto solo puede hacerse una vez dentro de las tres prórrogas.

En el caso de desempleados que quieran trabajar por cuenta propia, como autonomos, podrá suspender la ayuda y pedir que durante seis meses cobre el 25% del subsidio. Esta cantidad es 120 euros al mes.

Si por el contrario se comienza a trabajar a tiempo parcial, se podrá compatibilizar la ayuda, pero esta se reducira en proporción a las horas trabajadas. Por ejemplo si se trabaja a media jornada 20 horas semanales se recibirá 240 euros de subsidio.

Cómo solicitar la Renta Activa de Inserción

La Renta Activa de Inserción debe de solicitarse al Servicio Público de Empleo Estatal bien por internet a través de la Sede Electrónica, en las oficinas de empleo o por correo.

Estas son las cuatro formas de solicitar la RAI:

  1. Por internet: a través de la sede electrónica del SEPE. Será necesario contar con certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve.
  2. Por internet, sin certificado digital, a través del formulario de pre-solicitud del SEPE.
  3. En las oficinas de prestaciones, solicitando previamente cita previa al SEPE.
  4. Por correo administrativo, reuniendo toda la documentación.

De todas las opciones las más rápidas para su aprobación es a través de la sede electrónica o mediante el formulario de pre-solicitud.

Documentación

La documentación que será necesaria para solicitar esta ayuda extraordinaria será:

  1. Modelo oficial de solicitud, el cual se puede descargar desde el siguiente enlace.
  2. Documentos de identidad del solicitante, de su cónyuge y de los hijos a cargo si los tuviera. Se entenderá como documento de identidad DNI (Documento Nacional de Identidad), NIE (Permiso de residencia) o TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) junto con el pasaporte.
  3. Documento bancario en el que figure el número de cuenta y el solicitante como titular. Será la cuenta donde se abone la prestación.
  4. Es posible que el SEPE solicite justificante de rentas, o documentos que acreditar las cargas familiares, ser víctima de violencia doméstica o de género o en el caso de ser persona con discapacidad certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por el IMSERSO u órgano competente.

En el caso de emigrantes retornados el Servicio Público de Empleo se deberá aportar además:

  • Si vuelve de un país miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, formulario U1 o E-301.
  • Si regresa del Suiza, el certificado de la Agregaduría Laboral de dicho país o formulario U1.
  • Para los países que no pertenezcan Unión Europea (UE) o del Espacio Económico Europeo (EEE), Certificado emitido por las Áreas y Dependencias Provinciales de Trabajo y Asuntos Sociales del país de emigración.

Referencias consultadas:

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