Ayudas compatibles con el Ingreso Mínimo Vital: subsidios por desempleo con los que se puede compatibilizar la ayuda

El Ingreso Mínimo Vital es compatible con ayudas y subsidios por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Estos son los requisitos necesario para compatibilizar ambas ayudas.

Familia consulta requisitos ingreso mínimo vital
Familia consulta requisitos ingreso mínimo vital
Isabel Gómez

Todos aquellos integrantes de la población activa que se encuentren sin trabajo, pueden acceder a un subsidio por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) siempre que hayan agotado su prestación contributiva, es decir, el paro y se encuentren en una situación de específica de vulnerabilidad. Además, podrán recibir el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación económica del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) pero con ciertas condiciones, como se explicará más adelante.

Ambas ayudas son compatibles con el Ingreso Mínimo Vital, aunque no en todos los casos el beneficiario recibirá la misma cantidad. El IMV es una ayuda extraordinaria de la Seguridad Social y debe ser la última en solicitarse, así lo expresa el real decreto ley que la regula cuando muestra que “es obligatorio haber solicitado las pensiones y prestaciones vigentes a las que pudieran tener derecho con anterioridad.”

A pesar de ello, la condición indispensable para que un desempleado cobre ambas ayudas no contributivas radica en que no se debe superar, en ninguno de los dos casos, el nivel de rentas exigidas para ambas. Pero, ¿cuáles son las exigencias específicas que una persona con vulnerabilidad económica debe cumplir para recibirlas?

Requisitos para cobrar el subsidio y el Ingreso Mínimo Vital en 2022

Como se ha mencionado, los desempleados no pueden superar el nivel de rentas. En este año, para que una persona que haya agotado la prestación por desempleo reciba los 463,21 euros al mes de subsidio, sus ingresos mensuales no deben ser superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional. Por ende, no deben tener unas rentas mensuales superiores a los 750 euros. 

En cuanto al IMV, será la Seguridad Social la encargada en cada caso de ver la cuantía a la que tiene derecho el solicitante. El motivo es que esta varía en función de los ingresos y el patrimonio así como del número de personas que componen la unidad de convivencia. Según recoge el INSS en su plataforma web, “no se considera que una persona beneficiaria individual esté en una situación de vulnerabilidad económica cuando su patrimonio neto, sin incluir su vivienda, sea igual o superior a tres veces la cuantía correspondiente de renta garantizada por el IMV.” Esta equivale a 17.698,80 euros en 2022.

Además, para que el parado pueda cobrar el subsidio, debe estar inscrito como demandante de empleo por un mes y estar dado de alta en el régimen contributivo de la Seguridad Social. Por supuesto, tiene también que haber agotado el paro. Los aportes al INSS también se tienen en cuenta: tres meses, si se tienen cargas familiares, seis meses si no se tienen. La carencia de rentas y de responsabilidades familiares deben ser concurrentes en el momento que se solicita y mientras se perciben o se hace prórrogas.

Para que el beneficiario reciba el Ingreso Mínimo Vital deberá acreditar ante la Seguridad Social que se encuentra en una situación económica complicada y con falta de recursos. Además, esta asignación será incompatible con la percepción de la asignación económica por hijo o menor acogido a cargo, sin discapacidad, o que esta sea inferior al 33%. 

Ayudas compatibles con el Ingreso Mínimo Vital

El IMV será compatible con todo tipo de subsidios o prestaciones no contributivas del SEPE, incluso el destinado a mayores de 52 años, siempre que el importe en conjunto no sea superior a la cuantía mensual de la renta garantizada aplicable a dicha ayuda de la Seguridad Social. Así lo recoge el artículo 13 del texto legal que lo regula.

Por tanto, entre estas ayudas no contributivas compatibles del SEPE se encuentran:

  • La insuficiencia de cotización.
  • El de ayuda familiar.
  • El destinado a mayores de 45 años sin hijos a cargo.
  • El destinado a mayores de 52 años.
  • El de emigrantes retornados.
  • Aquel destinado a los liberados de prisión.
  • El de revisión de una incapacidad permanente.

¿Cuánto se recibe de IMV si se cobra al mismo tiempo un subsidio por desempleo? 

Como norma general, para calcular cuánto se cobrará, los ingresos deberán ser inferiores al IMV establecido para la unidad familiar en concreto y la cuantía será la diferencia existente entre los ingresos y el tope marcado. En el caso del subsidio por desempleo, como la cifra es fija, 463,21 euros en 2022, se va a explicar con un ejemplo estándar para ver cómo quedaría el importe.

En el caso de que la unidad familiar esté formada por dos adultos y un menor y solo ingresen al mes el 80% del IPREM, el IMV será de 323,40 euros. Esta cifra es el resultado entre los ingresos reales familiares con el límite establecido para ese caso concreto, es decir, 786,61 euros. Las variables son bastantes, aunque el cálculo siempre se realiza de la misma forma.

A continuación, se detalla de forma precisa cuál es la cantidad que recibirán los beneficiarios si cobran ambas prestaciones:

  • Un adulto: 28,42 euros mensuales.
  • Un adulto y un menor: 284,07 euros al mes.
  • Un adulto y dos menores: 431,56 euros mensuales.
  • Un adulto y tres o más menores: 579,05 euros al mes.
  • Dos adultos: 175,91 euros mensuales.
  • Dos adultos y un menor: 323,46 euros al mes.
  • Dos adultos y dos menores: 470,89 euros mensuales.
  • Dos adultos y tres o más menores: 618,38 euros al mes.
  • Tres adultos: 323,4 euros mensuales.
  • Tres adultos y un menor: 470,89 euros al mes.
  • Tres adultos y dos menores o más: 618,38 euros mensuales.
  • Cuatro adultos: 470,89 euros al mes.
  • Cuatro adultos y un menor: 618,38 euros al mes.
  • El resto de unidades de convivencia: 618,38 euros mensuales. 

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