Tabla de enfermedades para incapacidad permanente absoluta 2022

La Seguridad Social puede conceder la pensión por incapacidad permanente si se sufre alguna de estas 34 enfermedades.

Tabla de enfermedades para incapacidad permanente absoluta 2022
Tabla de enfermedades que causan una incapacidad permanente absoluta
Diego Fernández

A menudo hay personas que se preguntan qué tipo de enfermedades pueden llegar a causar una incapacidad permanente absoluta a un trabajador. Según aclara el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) hay hasta 34 patologías que, dependiendo del grado en el que afecten al profesional, pueden llegar a hacer que sufra esta incapacidad permanente.

Si se tiene alguna de dichas 34 enfermedades y, por lo consiguiente, se sufre un grado absoluto de invalidez, supone algo importante para el trabajador. Ya que tiene que abandonar, de forma obligatoria, la vida profesional, teniendo que jubilarse antes de tiempo debido a la gran dificultad que tiene para poder realizar cualquier tipo de actividad laboral e incluso para llevar a cabo tareas del día a día.

Para saber si se puede acceder a una pensión por incapacidad permanente absoluta no solo vale con padecer alguna de las siguientes dolencias. Sino que hay que acudir a la Seguridad Social para que sea el Tribunal Médico quien determine el grado en el que afecta al trabajador. Pero, ¿cómo lo evalúa? Esta duda se puede resolver mediante la lectura del artículo sobre el método que tiene el Tribunal Médico para valorar una incapacidad permanente y conceder o no la pensión.

¿Cuáles son las 34 enfermedades que causan una incapacidad permanente absoluta?

A continuación se van a indicar cuáles son todas esas 34 enfermedades que podrían llegar a ocasionar una invalidez que obtenga el grado de “absoluto”. Y, por lo tanto, obligue al trabajador a abandonar su vida profesional de manera anticipada a cuando debería hacerlo una vez cumpliese la edad legal de jubilación. Este listado está formado por:

  1. Acromatopsia.
  2. Acondroplasia.
  3. Agorafobia.
  4. Alzheimer.
  5. Arterioesclerosis.
  6. Cardiopatías.
  7. Cáncer.
  8. Demencia senil.
  9. ELA.
  10. Enfermedad de Crohn.
  11. Enfermedad pulmonar.
  12. Enfermedad de Raynaud.
  13. Enfermedad de Paget.
  14. Enfermedad de Pompe.
  15. Espondilitis anquilosante.
  16. Esquizofrenia.
  17. Fibromialgia.
  18. Fibrosis pulmonar.
  19. Glaucoma.
  20. Hipoacusia.
  21. Insuficiencia renal crónica.
  22. Isquemia arterial crónica.
  23. Narcolepsia.
  24. Neuropatía.
  25. Obesidad mórbida.
  26. Párkinson.
  27. Parálisis cerebral.
  28. Prosopagnosia.
  29. Polio.
  30. Síndrome de Takotsubo.
  31. Síndrome de Brugada.
  32. Síndrome de Meniere.
  33. Síndrome de Capgras.
  34. Síndrome de Sjögren.

Todas estas enfermedades tienen que tener un grado suficiente como para que el afectado no pueda trabajar. Aunque esto, como se ha indicado anteriormente, lo determinará el Tribunal Médico de la Seguridad Social mediante una serie de pruebas médicas a las que el incapacitado tiene que acudir de forma obligatoria, como ocurre con las diferentes revisiones que se pidan por el INSS.

¿Cuánto se cobra con una incapacidad permanente absoluta?

Si se sufre este grado de invalidez se podrá acceder a una pensión contributiva o no contributiva, dependiendo de los años cotizados por parte del afectado a la Seguridad Social. Con ese dato también se podrá determinar lo que puede cobrar con la pensión que se le concederá, ya que la cuantía dependerá de si ha cotizado lo suficiente o no, quedando tal que así.

En el caso de que se trate de una prestación contributiva de incapacidad permanente hay que diferenciar una serie de cuantías en función de la situación social del beneficiario. En este caso, sobre las cantidades de dinero mínimas que se destinan a este sector de la población se distinguen tres, siendo:

  • Con cónyuge a cargo: 890,5 euros al mes.
  • Sin cónyuge: 721,7 euros al mes.
  • Con cónyuge no a cargo: 685 euros al mes.

En el caso de que tenga derecho a una pensión máxima, la cuantía que paga la Seguridad Social también ha ascendido este año 2022 debido a la revalorización de las pensiones. Por lo que un incapacitado permanente de grado absoluto podrá cobrar, de máximo, una pensión de 2.819 euros al mes.

Por su parte, si se trata de una prestación no contributiva debido a que no ha cotizado los años suficientes, la cantidad de dinero baja considerablemente. En este caso, el pensionista cobrará una prestación de 414,88 euros al mes, un dinero que ha supuesto un aumento de 12,08 euros en comparación con lo que se cobraba el pasado año 2021.​

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